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Delitos de lesa humanidad, a Código del DF

Por María de la Luz González

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) y la Comisión de Gobierno de la Asamblea Legislativa (ALDF) presentaron una iniciativa para incluir en el Código Penal capitalino los delitos de lesa humanidad como tortura, ejecuciones arbitrarias, desapariciones forzadas y genocidio.

La iniciativa de ley, que elaboraron de manera conjunta ambas instancias, propone reubicar los tipos penales previstos en el Código Penal para el DF en un título propio, bajo la categoría de delitos de lesa humanidad, así como incrementar las sanciones al ilícito de desaparición forzada para dejarla de 20 a 25 años.

Emilio Alvarez Icaza, presidente de la CDHDF, afirmó que la iniciativa marca un parteaguas en la historia parlamentaria de la Asamblea Legislativa pues, además de los delitos de lesa humanidad, incorpora elementos de imprescriptibilidad, responsabilidad del superior jerárquico y reparación del daño para las víctimas de estos crímenes.

Incluye también una figura nueva, desarrollada en el derecho internacional, la de la ejecución arbitraria, que destaca la responsabilidad agravada en la que incurren los servidores públicos que con motivo de sus funciones hacen uso de la fuerza respecto de la vida de las personas, cuando su obligación es garantizarla, y propone también una sanción de 20 a 25 años de prisión para este delito.

La iniciativa reconoce que si bien puede parecer incongruente considerando que el castigo para el homicidio es de 20 a 50 años de prisión, señala que lo que se busca es establecer un sistema de sanciones que revele una política criminal democrática, tomando en cuenta la proyección de vida de una persona media, para la cual 50 años se convierte en una pena virtualmente perpetua.

En materia de genocidio la propuesta incluye el tema de lesiones mentales, que no prevé la legislación federal, y el supuesto de esterilización, los cuales pueden considerarse como una especie de la aplicación de medidas destinadas a impedir los nacimientos en el seno del grupo, y plantea una sanción de 25 a 30 años de prisión.

La iniciativa establece que comete el delito de tortura quien provoca dolores o sufrimientos físicos o sicológicos con el fin de obtener información, o una confesión por actos que haya cometido o de los que sea sospechosa la víctima.

La propuesta define también como tortura la aplicación de métodos que pretendan anular la personalidad de la víctima, disminuir su capacidad física, o provocarle angustia síquica, y propone una pena de 15 a 20 años de prisión para este delito.

Alvarez Icaza destacó que la iniciativa expresa la voluntad jurídica y política de la Asamblea Legislativa por dotar a la ciudadanía de instrumentos de salvaguarda y protección que, en su naturaleza, constituyen anhelos del proceso de transición democrática.

También, señaló, corresponde con el interés del Estado mexicano en cuanto a la ratificación del Estatuto de Roma.

05/LG/GM

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