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Legislar sobre alienación parental, pide Senado a congresos

Por la Redacción
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El Senado exhortó a los Congresos estatales a legislar en materia de “Alienación Parental”,  pese a que es una figura jurídica controversial, criticada por organismos civiles en defensa de la infancia e incluso por legisladoras y legisladores, ya que fomenta la idea de que en los casos de violencia familiar o divorcio las mujeres manipulan y las niñas y niños mienten.
 
A propuesta de la Comisión de Familia y Desarrollo Humano, este jueves el Senado llamó a las Legislaturas locales a incorporar este concepto en sus Códigos Civiles o Familiares a fin de proteger el interés superior de la infancia.
 
En el dictamen se señala que el Síndrome de Alienación Parental (SAP) –que tiene sus orígenes en una teoría psiquiátrica– surge casi exclusivamente en batallas por la custodia de las y los niños, quienes exhiben conductas desafiantes ante uno de los padres, actitudes que son apoyadas por el otro progenitor.
 
“Los padres que recurren a alienar a sus hijos del otro, exacerban las actitudes de triangulación y los conflictos de lealtad que ya existen en el niño o niña, violentando de esta manera su desarrollo psicológico y su proceso de duelo, así como violentando al progenitor alienado”, dice el documento.
                                    
En la argumentación del Senado también se indica que el SAP perpetúa la desigualdad de género porque resta importancia de ambos padres en la formación.
 
De acuerdo con la Comisión de Familia y Desarrollo Humano actualmente 16 entidades federativas ya cuentan con la figura legal de la Alienación Parental por lo que el resto de los estados debe integrarla a su legislación.
 
Aguascalientes, Baja California Sur, Coahuila, Colima, Durango, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Querétaro, Tamaulipas, Veracruz, Yucatán y Ciudad de México reconocen este término.
 
EXHORTO ABERRANTE: TAGLE
 
Al respecto la senadora independiente, Martha Tagle Martínez, argumentó en contra de este exhorto al señalar que no tenía fundamento legal y era una aberración porque se utiliza para complicar los divorcios y señalar que las niñas y niños no pueden definir con cuál de sus padres quieren estar.
 
En el caso de la capital del país, el 15 de diciembre de 2013 la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó reformar el Artículo 323 séptimus del Código Civil capitalino para legalizar el término “alienación parental”, reforma promulgada el 9 de mayo de 2014.
 
Sin embargo, la sociedad civil alertó del significado estereotipado que promueve la idea de que en los casos de violencia familiar y divorcio las mujeres manipulan a sus hijas e hijos para que estén en contra de sus padres y los acusen de ejercer violencia.
 
En su momento agrupaciones como Ririki señalaron que esta figura también se podría usar para desvalorizar los testimonios de niñas y niños que son víctimas de abuso sexual o violencia familiar por parte de uno de sus padres.
 
Sobre este tema la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) también criticó que se pretendiera solucionar el problema de violencia familiar con esta reforma que no fue redactado atendiendo al principio del interés superior de la infancia.
 
Ante ello el 9 de junio de 2014 la CDHDF presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una acción de inconstitucionalidad (19/2014) al considerar que el artículo es violatorio de los Derechos Humanos de niñas, niños y adolescentes, resolución que aún está pendiente.
 
17/AGM/GGQ

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