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Pide Procuraduría colombiana permitir aborto

Por la Redacción

La Procuraduría General de la Nación pidió a la Corte Constitucional declarar que la mujer puede recurrir al aborto cuando se encuentra en peligro su vida o su salud, cuando el embarazo se ha producido sin su consentimiento y cuando exista grave malformación o enfermedad en el feto.

El procurador General de la Nación pidió a la Corte Constitucional declarar exequible (es decir, que se pueda hacer o ejecutar), bajo ciertas circunstancias especiales, el artículo 122 del actual Código Penal que tipifica el delito de aborto, informó el portal Mujereshoy

El Ministerio Público argumentó que la tipificación y la sanción del aborto es inconstitucional cuando se encuentra en peligro la vida o la salud de la mujer, cuando el embarazo se ha producido sin consentimiento de la mujer, de inseminación artificial o transferencia de óvulo fecundado no consentida, y cuando existe grave malformación o enfermedad en el feto, pues sólo la mujer y no el Estado debe adoptar la decisión de seguir o interrumpir la gestación.

La Procuraduría indicó que en los casos mencionados, el legislador no puede imponer una sanción, porque ella resulta contraria a los derechos fundamentales de las mujeres, en especial su derecho a la vida, a la salud, al libre desarrollo de la personalidad, a la libertad de reproducción, a la integridad física y a no ser sometida a tratos crueles.

Destacó que si bien la vida del embrión o del feto deben ser protegidas por el Estado, esta protección no puede hacerse con el sacrificio de la vida o la salud física o mental de la mujer, porque en el primer caso se trata del principio de la vida, mientras que en el segundo se trata de una persona en pleno ejercicio de sus derechos y protegida por todos los tratados internacionales.

También señaló que, muchas veces, las mujeres se ven obligadas por el Estado a seguir con su embarazo o a recurrir a abortos inseguros, que son la segunda causa de mortalidad materna en Colombia y en el mundo, según los informes de la Organización Mundial de la Salud.

El procurador general señaló que se está solicitando la despenalización sólo en los tres casos mencionados, y que es el Congreso de la República el que debe decidir cuál es la política respecto del aborto, es decir si lo despenaliza o no de forma general.

MUJER Y FUTURO

Isabel Ortiz, directora de la Fundación Mujer y Futuro, señaló que «me parece oportuno y razonable el concepto de la Procuraduría, porque cada mujer tiene derecho a tomar decisiones con relación a su cuerpo, sobre todo en los casos señalados por la demanda constitucional entablada por Mónica Roa, quien pide que exista la posibilidad de suspender o terminar un embarazo en caso de violación, enfermedad para la mujer o malformación fetal grave».

En abril de 2005, la abogada colombiana Mónica Roa solicitó la despenalización del aborto en tres casos específicos, fundamentándose en argumentos de derechos humanos internacionales: cuando la vida de la mujer o su salud está en peligro, cuando el embarazo es resultado de una violación y cuando existan malformaciones fetales incompatibles con la vida extrauterina, es decir, similares a los tres casos que hoy argumenta la Procuraduría.

Ortiz agregó que la prohibición o la penalización del aborto hace que las mujeres recurran a métodos clandestinos, en condiciones no médicas e insalubres que pueden terminar en muerte o daños graves a la mujer. Por eso, la despenalización solucionaría ese grave problema de salud pública que en la actualidad le cuesta mucho al Estado colombiano, ya que las mujeres llegan con abortos inseguros para que el sistema de salud las atienda.

SITUACION MUNDIAL

• En el mundo, 58 por ciento de los embarazos no planificados, aproximadamente 46 millones anuales, no llegan a término.

• Diecinueve millones de estas interrupciones se hacen en países donde el aborto es ilegal.

• El riesgo de muerte a causa del aborto inseguro en los países en desarrollo es de 370 por cada 100 mil casos.

• Dos tercios de los abortos practicados al año corresponden a mujeres de 15 a 30 años.

El aborto en Colombia

• Colombia, junto con Chile y El Salvador, son los únicos tres países de América Latina en los cuales la interrupción voluntaria del embarazo está prohibida bajo cualquier circunstancia.

• A pesar del gran descenso en la tasa global de fecundidad que ha logrado el país, del total de embarazos en Colombia, 24 por ciento termina en aborto y 26 por ciento en nacimientos no deseados.

• Una de cada cuatro mujeres colombianas de 15 a 55 años, declara haber tenido un aborto inducido.

• Aunque el mayor porcentaje de las mujeres que han abortado pertenecen al estrato socioeconómico más bajo (16.69 por ciento), el aborto es practicado por mujeres de todos los estratos socioeconómicos.

• La mayoría de las mujeres que han abortado lo han hecho sólo una vez.

• En los países donde el aborto no está penalizado y se prestan servicios de salud reproductiva, la asesoría en materia de planificación familiar en el momento del primer aborto reduce sustancialmente el número de embarazos no deseados.

Informaciones:
Red Nacional de Mujeres nodo Bogotá: [email protected]

Fuentes: Red Nacional de Mujeres nodo Bogotá, Campaña por la Despenalización de Aborto en América Latina y el Caribe, La Vanguardia.

05/GM

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