Inicio Propondrán reformas al código penal de Sinaloa en materia de aborto

Propondrán reformas al código penal de Sinaloa en materia de aborto

Por la Redacción

La Procuraduría de Justicia Estatal en Sinaloa, la Comisión Estatal de Derechos Humanos así como el Centro de Atención a Víctimas del Delito y la Agencia Especializada en Delitos Sexuales entregarán este fin de semana a la Comisión de Equidad de Género del congreso local y a autoridades de salud en el estado, un documento con propuestas para reformar el código penal en materia de aborto en la entidad.

Entre las recomendaciones figuran que el Ministerio Público (MP) autorice la interrupción del embarazo en un término de cinco días, contados a partir de que la víctima o quien legalmente la represente haga la solicitud.

Para hacer valer la solicitud, proponen las instancias acreditar la existencia de averiguación previa por el delito de violación, violación equiparada o violación cometida por dos o más personas, donde existan elementos suficientes para acreditar el delito.

Igualmente, la víctima deberá declarar la existencia del embarazo o, en el caso de una menor o incapaz, deberá existir la declaración por parte de quien la represente legalmente.

Comprobada la existencia del embarazo, las mujeres podrían ser atendidas en cualquier Institución del sistema público o privado de salud, únicamente si el periodo de gestación no rebasa el limite de 90 días.

Además es necesaria una opinión medica especializada que determinará si se realizará el aborto, mismo que se llevará a cabo en un lapso no mayor de 24 horas.

Aunado a esto el personal del sector salud tendrá la obligación de proporcionar a la mujer, información imparcial, objetiva, veraz y suficiente sobre los procedimientos, riesgos, consecuencias y efectos del aborto, debiéndose notificar al MP su realización.

En el caso de que la víctima sea menor de edad o incapaz deberá existir la autorización de quien ejerza la patria potestad o la custodia, y si no quisieran dar la autorización, se dará vista a la Procuradora de la Defensa del Menor, la Mujer y la Familia, para que represente a la menor o incapaz, atendiendo siempre al interés superior de la niña.

La falta de normatividad no ha impedido que se realicen abortos en los casos de violación, pero si ha conducido a poner en riesgo la salud y la vida de las mujeres que por falta de procedimientos claros y en tiempo han preferido acudir a métodos y procedimientos clandestinos que atentan contra su vida.

De esta forma es imprescindible adicionar los Códigos Penal y de Procedimientos Penales y las Leyes Orgánica del Ministerio Público, de Protección a Víctimas de Delitos, para que las mujeres puedan hacer valer sus derechos a través de procedimientos claros y seguros para la práctica del aborto a consecuencia de una violación.

El documento con la propuesta se entregará en un desayuno previo a la presentación a la rueda prensa, en donde contará con la participación de los integrantes de la Comisión de Equidad, Género y Familia del Congreso, la Secretaría de Salud, Cepavi e Ismujer.

2004/HS/BJ

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