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Se eliminarán careos en casos de violación

Por María de la Luz González

El gobierno federal debe realizar una amplia difusión de la reforma aprobada el miércoles por el Senado, que elimina el careo entre las víctimas de violación y su agresor, para que las mujeres, niñas y niños violados conozcan y ejerzan este derecho, afirmó Laura Martínez, directora general de la Asociación para el Desarrollo Integral de Personas Violadas (Adivac).

En entrevista con Cimacnoticias, consideró que la eliminación del careo podría alentar la denuncia de violaciones, pues no habría el temor en las víctimas de tener que enfrentar a su violador en el proceso, aunque aclaró que esta disposición legal es aplicable sólo si el o la ofendida no desea confrontar a su agresor.

«Por eso es importante que las víctimas sepan que deben pedir al Ministerio Público que no permita el careo. La reforma es muy buena, porque incorpora el derecho de las personas violadas y toca al Ministerio Público y al juez integrar la averiguación previa y determinar si existe o no el delito», manifestó.

La reforma al artículo 20 Constitucional, aprobada por unanimidad en el Senado, establece que la víctima del delito de secuestro no estará obligada a carearse con el secuestrador, disposición que se extiende a las víctimas de violación, los menores y quienes no tengan capacidad para comprender el significado del delito cometido en su contra.

La directora de Adivac insistió en la necesidad de difundir la reforma, pues, explicó, los abogados defensores de los acusados de violación se valen de todos los recursos a su alcance para realizar el careo, incluso cuando se trata de menores de edad, lo cual está prohibido por la ley.

«Lo que hemos visto en la práctica es que los abogados, incluso, sacan a los papás de la audiencia para que no estén con el menor durante el careo. Tenemos un caso documentado en el Estado de México: hay mucha impunidad, negligencia y hasta corrupción en el manejo de las averiguaciones previas», explicó.

Como ejemplo de las lagunas en la aplicación de la ley, citó el caso de una tesis jurisprudencial emitida recientemente, en la cual los magistrados establecieron que en los casos de violación por diversas vías de una persona que ha sido secuestrada, sólo debe considerarse un solo cargo de violación.

«En este caso, consideramos que debe haber una suma de delitos, pues a la violación por diferentes vías se suma el hecho de que es una agresión cometida en diferentes ocasiones, durante un determinado periodo y, además, existe el delito de rapto», destacó.

05/LG/GM

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