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Inician campaña para exigir cumplimiento de AVG en Guerrero

Por Rosalba Ramírez Hernández

Acapulco, Gro. El Observatorio de Violencia Contra Las Mujeres de Guerrero (OBVIO Guerrero) inició una campaña para exigir el cumplimiento de 13 medidas dentro de la declaratoria de Alerta de Violencia de Género (AVG) por Agravio Comparado que no ha cumplido la autoridad del estado, para garantizar el acceso de las mujeres a la justicia y el ejercicio libre de sus derechos sexuales y reproductivos.

Pese a que OBVIO Guerrero solicitó la segunda AVG de Agravio Comparado ante las constantes negaciones del sistema de salud de la entidad para practicar una interrupción legal del embarazo a mujeres y adolescentes víctimas de violación, sigue existiendo desinformación por parte de las instituciones públicas prestadoras de servicios de atención médica del deber que tienen de practicar abortos en dichos casos, recalcó la organización feminista en un boletín.

Como parte de las actividades del Día de Acción Global por un Aborto Legal, Seguro y Gratuito, que se conmemoró el pasado 28 de septiembre, el Observatorio recordó las medidas que debe cumplir el gobierno local por la AVG de Agravio Comparado decretada el 5 de junio de 2020 por la Secretaría de Gobernación (Segob): de prevención, dirigido a los poderes Ejecutivo y Legislativo de Guerrero, reformar el artículo 159 del Código Penal, que actualmente establece que cuando el embarazo es resultado de una violación el Ministerio Público debe comprobar los hechos para autorizar su práctica.

Esta medida debe ser eliminada para quedar armonizada con la Ley General de Salud, Ley General de Víctimas y la NOM-046-SSA2-2005, que establecen el acceso al aborto de manera emergente y sin interponer una denuncia en casos de violación.

Recordaron que la Secretaría de Salud de Guerrero debe implementar el Programa Estatal para la Interrupción del Embarazo en los servicios de salud locales, de tal forma que garantice un enfoque especial y diferenciado, con perspectiva intercultural.

Así como garantizar que en todas las regiones del estado se cuenten con centros de salud en los que se provean los servicios seguros, oportunos, de calidad y gratuitos para la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) de conformidad con la Ley General de Salud y la NOM-046, y que en caso de no contar con los mismos, se asegure su canalización inmediata y gratuita a aquellos en los que se presta el servicio.

Elaborar y difundir una guía de atención a solicitudes de ILE, apegada a la NOM-046 y criterios que establezca el Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva (CNEGySR) de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de la Salud de la Secretaría de Salud.

Otra obligación es desarrollar un programa estatal de capacitación sobre la implementación de la NOM-046, desde el marco de los Derechos Humanos, con un enfoque de género, enfoque diferencial e intercultural, dirigido al personal de las unidades de salud, para lo cual se recomienda que se realice con el acompañamiento del CNEGySR.

Dicho Programa, especificó la organización, debe incluir dependencias estatales participantes, mecanismos de seguimiento a la capacitación, evaluación de los participantes, y generar la certificación de las y los participantes, su cobertura temporal debe ser al menos de un año y debe alcanzar todas las regiones del territorio estatal.

A su vez se debe realizar un inventario de los hospitales generales del estado que indiquen la cantidad total anual y tipo de antibióticos profilácticos y pastillas para anticoncepción de emergencia, en los años 2019, 2020 y 2021, señalando si estos han sido suficientes para atender la demanda.

Se debe informar el número de interrupciones del embarazo que se realizaron por casos de violación en el periodo de abril de 2019 a junio de 2020, especificando: municipio, edad, mes, año, unidad médica, distinguiendo cuántas presentaron aviso ante el Ministerio Público. Posteriormente, esta información deberá integrarse en los informes periódicos de cumplimiento de esta resolución de la AVG.

Al gobierno del estado publicar y divulgar en medios de comunicación y lugares estratégicos la naturaleza de la AVG por Agravio Comparado en las principales lenguas indígenas que se hablan en la entidad, así como a través de todos los medios que sean accesibles para personas con discapacidad.

También se solicita al poder Judicial de Guerrero, llevar a cabo la revisión de los casos judiciales de mujeres privadas de la libertad imputadas por el delito de aborto y homicidio en razón de parentesco en todos los distritos del estado, y en caso de ser necesario garantizarles mediante procesos o recursos legales pertinentes su declaración de inocencia, excarcelación y la reparación del daño.

A la fecha en México solamente dos lugares de la república garantizan el derecho de las mujeres a interrumpir de manera voluntaria un embarazo: Ciudad de México (desde 2007) y Oaxaca (desde 2019).

20/RRH/LGL

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