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Desnaturaliza relación médico-paciente quien denuncia abortos

Por Anayeli García

Obligar a los médicos a denunciar a una mujer que interrumpe un embarazo, no es una medida idónea ni para proteger al «concebido» ni para resolver el problema que los abortos clandestinos generan a la salud de las mujeres, consideró hoy Martín Hevia, profesor investigador de la Facultad de Derecho de la Universidad Torcuato Di Tella, de Argentina.

Al participar en la primera sesión del taller «Derechos Sexuales y Reproductivos», que se inició en el Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE), el experto habló sobre el secreto profesional médico y los Derechos Reproductivos en América Latina.

Explicó que el secreto profesional tiene que ver con la seguridad que debe tener una mujer de poder acudir al médico cuando se ha realizado un aborto clandestino, y que el tema se quede entre el médico y la paciente.

El especialista en Filosofía y Derecho, aseguró que los médicos cumplen un papel importante en la defensa del derecho a la vida y a la salud, un valor supremo que el Estado debe garantizar, y en ese sentido, dijo que la profesión médica debe contemplar las herramientas necesarias para enfrentar importantes problemas de salud pública, como el aborto clandestino.

Cabe recordar que el Fondo de Población de Naciones Unidas, estima que cada año se realizan en todo el mundo, alrededor de 19 millones de abortos en condiciones inaceptables desde el punto de vista médico. De ese total, unos cuatro millones se realizan en América Latina, y muchos de ellos terminan en lesiones graves o la muerte de la madre.

Añadió que alrededor de 68 mil mujeres mueren cada año por esta causa en el mundo, y uno de cada 10 embarazos termina en un aborto realizado en malas condiciones, la mayoría de los cuales se practican en Asia, África y América Latina.

Martín Hevia dijo que «no se puede poner a los médicos en una situación que no les corresponde» al hablar de que en algunas regiones las y los médicos son obligados a denunciar a las mujeres que interrumpen de forma ilegal su embarazo, pues «esto desnaturaliza la relación entre medico y paciente».

Recordó que los Convenios de Ginebra de 1949, señalan que el personal médico no puede imponer condiciones para atender a sus pacientes, es su obligación tratarles en cualquier circunstancia, pues desempeñan una actividad considerada crucialmente útil.

Para el experto en derecho, existe un fundamento ético y utilitarista que protege el secreto médico, debido a que la autonomía personal, dignidad humana y derecho a la intimidad, son bienes que se deben proteger, explicó el especialista.

El derecho a guardar silencio ayuda a que no revele algo que la o el interesado no desea hacer público. En este sentido, señaló que en Argentina es un delito penal violar el secreto profesional; mientras que, en Perú el médico tiene el deber de colaborar con la justicia.

Recordó que la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) se manifestó al respecto en el caso » De la Cruz Flores» donde se acusó a María Teresa de la Cruz Flores, por ejercer su profesión, curar y brindar atención médica a delincuentes terroristas. En este caso, el fallo de la sentencia de la corte señaló que el hecho de curar no es un delito, al menos no en una democracia liberal.

La sesión de este día, convocó a especialistas en derechos sexuales y reproductivos, derecho penal y representantes de diferentes organismos, a que estén capacitados para hablar sobre la salud y las políticas públicas.

10/AGM/LR

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