Inicio “Absurdo”, dar personalidad jurídica al embrión: GIRE

“Absurdo”, dar personalidad jurídica al embrión: GIRE

Por la Redacción

El Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) sostiene que el Estado tiene el deber de proteger la vida en gestación, sin desconocer ni afectar los Derechos Humanos (DH) de las mujeres con “medidas absurdas” como dotar de personalidad jurídica al producto de la concepción.
 
En su más reciente publicación “Derechos Humanos de las mujeres y protección de la vida prenatal en México”, GIRE explica que las constituciones de 17 estados que protegen la vida desde la concepción o fecundación, que consideran al producto como una persona, podrían tener consecuencias absurdas.
 
El análisis jurídico de esta organización indica que en los 17 estados donde se protege la vida desde el momento de la concepción no sólo ha provocado la persecución de mujeres que sufren un aborto espontáneo, también podría generar inconsistencias legales que caen en lo ridículo.
 
Como ejemplo, GIRE señala que estas normas podrían interpretarse como la obligación del Estado de establecer que el Registro Civil debe generar estadísticas de cigotos, embriones o fetos, y su registro en los censos de población y en actas civiles, por ser considerados “personas”.
 
Al otorgarle personalidad jurídica al producto de la concepción, las mujeres tendrían que generar su pasaporte o su certificado de defunción de ser el caso, o bien otorgarles el derecho de recibir herencias antes del nacimiento y no después como lo establece la legislación civil actual.
 
Estas disposiciones también podrían violar derechos de las mujeres como el de su libre tránsito, toda vez que si están embarazadas podrían ser sujetas a sanciones legales como multas por conductas que pudieran poner en riesgo al feto, tales como ir paradas en un autobús o usar el Sistema de Transporte Colectivo Metro.
 
En materia de cuidados de la salud, una incorrecta y restrictiva interpretación de las constituciones que protegen la vida podría poner en riesgo el bienestar de la mujer al limitar tratamientos médicos que fueran necesarios para salvar su vida o para mejorar su salud, como una quimioterapia.
 
Proteger en todo momento al cigoto por sobre los derechos de las mujeres podría limitar sus opciones anticonceptivas como el acceso de las mujeres al dispositivo intrauterino o tratamientos hormonales que pudieran tener como efecto impedir la implantación del óvulo fecundado.
 
Con estas consideraciones, GIRE afirma que las reformas han producido una incertidumbre sobre el significado de dichas normas, lo que ha tenido un impacto negativo en los DH de las mujeres.
 
Incluso algunos profesionales de la salud, particularmente en los hospitales y centros de salud, han denunciado a las mujeres que acuden a solicitar atención médica por complicaciones de un aborto, sin importar si el aborto entra en las causas permitidas por la ley.
 
Hasta ahora, información obtenida por GIRE indica que en el periodo 2009-2011, 679 mujeres han sido denunciadas por el delito de aborto, es decir, 226.3 mujeres en promedio al año son encarceladas, lo que indica que la criminalización fue un efecto real de las reformas “a favor de la vida”.
 
En este sentido, la publicación de esta organización refiere que en vez de considerar al cigoto, embrión o feto humano como una persona independiente del cuerpo de la mujer, con derechos semejantes a los de ella, se debería proteger la vida prenatal garantizando el acceso y prestación de servicios de salud durante el embarazo, parto y puerperio.
 
Señala que la obligación del Estado es asegurar la atención médica prenatal y la provisión gratuita y suficiente de ácido fólico a las mujeres; además reducir los índices de mortalidad materna y combatir la violencia doméstica contra mujeres embarazadas.
 
Indica que la protección de la vida del producto de la concepción, entendida de forma compatible con los DH de las mujeres, establece obligaciones positivas del Estado como el garantizar el bienestar durante el desarrollo del embarazo y el parto.
 
En este sentido, las entidades federativas deben asegurar una vida digna a las mujeres embarazadas, lo que implica promover, respetar y garantizar sus derechos a la salud, alimentación y vivienda, así como a no sufrir violencia ni tratos crueles, inhumanos o degradantes, como lo marcan los tratados internacionales.
 
13/AGM/RMB

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