Inicio ALDF sí está facultada para legislar sobre ILE: SCJN

ALDF sí está facultada para legislar sobre ILE: SCJN

Por Lourdes Godínez Leal

De manera unánime y en un revés al procurador general de la República, Eduardo Medina Mora y al Ombudsman nacional José Luis Soberanes, hoy el pleno de la Suprema Corte de la Nación (SCJN) determinó por 10 votos a favor y 1 en contra que es facultad y competencia de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) legislar en materia penal y de salud, así como definir conceptos de embarazo, aborto y cuestiones materno-infantiles, así como establecer sanciones.

Durante la sesión de este día, donde se discutió sobre la competencia o incompetencia de la ALDF para legislar al respecto, luego de que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) y la Procuraduría General de la República (PGR) interpusieran un recurso de inconstitucionalidad por la ley aprobada en este recinto en abril de 2007 que permite la interrupción voluntaria y legal del embarazo hasta las 12 semanas de gestación en el DF, las y los ministros determinaron que la Asamblea no se excedió en sus facultades, como lo demandaron la CNDH y PGR.

Con posiciones coincidentes, las y los ministros argumentaron que el Artículo 122 constitucional fracción quinta inciso h, otorga facultades «expresas» a la ALDF para legislar en materia civil y penal.

El ministro Genaro Góngora Pimentel reconoció que las reformas impugnadas han beneficiado a las mujeres más vulnerables, es decir, las más pobres, «educándolas en la toma de decisiones», pero sobre todo ha beneficiado a las mujeres indígenas que se encuentran residiendo en la Ciudad de México, al otorgarles servicios de salud pública de manera segura.

Contundente, señaló que los argumentos sobre las definiciones de aborto, semana gestacional, embrión y demás establecidos en el proyecto presentado por el ministro conservador Sergio Salvador Aguirre Anguiano, no son precisos y no se contradicen ni exceden, como lo apunta el recurso de inconstitucionalidad.

Más aún, recordó que el Estado Mexicano se comprometió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a través de la Secretaría de Salud federal, en 2006, a raíz del caso Paulina –la menor de edad violada y a quien se le negó un aborto legal en Baja California– a establecer los mecanismos para garantizar el aborto legal a las mujeres y evitar la repetición de hechos como éste.

Por tanto, sostuvo, la ALDF actuó conforme a los tratados internacionales de derechos humanos y otros instrumentos que México ha signado.

En cuanto a la definición de embarazo, punto cuestionado también en la acción de inconstitucionalidad, el ministro Góngora Pimentel resaltó que «no es posible identificar con precisión cuándo empieza la fecundación en el cuerpo de la mujer», por lo que la definición que hizo la ALDF de embarazo se reconoce a partir de la implantación del embrión en el endometrio de la mujer y «se hizo así para generar certeza jurídica y definir mejor el tipo penal».

Por su parte, el ministro Salvador Aguirre Anguiano, quien realizó el proyecto de sentencia, visiblemente molesto, pidió retirar el estudio que él elaboró y distribuyó ayer por la noche entre las y los ministros, donde esgrimía los argumentos por los cuales la ALDF no tenía facultades para legislar en el tema.

Empero, el documento fue discutido hoy por las y los ministros y determinó la discusión central de la mañana, que culminó con una votación de 10 votos a favor de las reformas de la ALDF, con lo cual se considera constitucional que el órgano legislativo tiene todas las facultades para legislar en la materia.

En entrevista con Cimacnoticias durante el receso de la sesión de la Corte, la consejera jurídica del gobierno del Distrito Federal, Leticia Bonifaz, quien ha estado siguiendo puntualmente el debate en torno al tema, señaló como un precedente muy importante el que la Corte haya reconocido la competencia de la ALDF, lo cual servirá para otros temas de salud.

Reiteró Bonifaz que si se hubieran invadido «competencias» del Congreso de la Unión, desde que se hizo la argumentación éste hubiera interpuesto el recurso de inconstitucionalidad y no la CNDH ni la PGR. Siempre nos llamó la atención, explicó, que se dio a la CNDH facultad para identificar qué derecho humano ve violado, pero lo que hizo fue señalar que hubo un pretendido conflicto de poderes, lo que no es de su competencia, como lo señalamos.

Señaló a Cimacnoticias, como lo había hecho con anterioridad, que «era difícil» que el ministro Aguirre hubiera convencido a siete ministros, por lo que la posibilidad de que la ley «se eche para atrás es muy remota».

Recordó que desde que entró en vigor la ley que hace posible la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) en el DF han sido beneficiadas muchas mujeres, lo cual es un asunto que no puede pasar por alto la Corte, por lo que una vez más, confió en que la resolución de ésta sea a favor de los derechos de las mujeres.

La sesión continúa esta tarde a partir de las 17:00 horas.

08/LGL/GG

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