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Alerta Cejil que Estado mexicano incumplirá sentencias de tlapanecas

Por Anayeli García Martínez

Representantes legales de Valentina Rosendo Cantú e Inés Fernández Ortega, indígenas violadas por militares en 2002, alertaron que ambos casos pueden quedar impunes toda vez que el Estado mexicano «ha dado a entender» que existen altas posibilidades de que los presuntos responsables no sean sancionados.

La Organización del Pueblo Indígena Tlapaneco (OPIM), el Centro de Derechos Humanos de la Montaña «Tlachinollan» y el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (Cejil), señalaron, en un comunicado difundido hoy a los medios, que en la solicitud de interpretación que el Estado mexicano presentó ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) el pasado 27 de diciembre, se plantea la posibilidad de que ambos casos queden impunes.

En entrevista con Cimacnoticias, Alejandra Nuño, abogada de Cejil, explicó que en dicha solicitud –a la que los peticionarios tuvieron acceso– el Estado mexicano vuelve a cuestionar los hechos ocurridos en 2002.

Además pone en duda la palabra de Inés y Valentina y aclara que en México una averiguación previa puede concluir de tres formas: no acreditar la comisión de un delito, no encontrar elementos suficientes y reservar la investigación, o bien, probar los hechos y ejercer la acción penal.

Al respecto cabe recordar que en el caso de Valentina, el 8 de abril de 2002, la Procuraduría General de Justicia de Guerrero declinó su competencia a la justicia militar y ésta última archivó el caso en 2004 por «no acreditar» la violación sexual.

Durante la audiencia ante la CIDH realizada en octubre de 2007, El Estado mexicano argumentó que no se comprobó la violación puesto que Valentina no acudió a las diligencias y no reconoció a quien la atacó e insistió en que los militares no incurrieron en faltas a su disciplina.

Por otra parte, el caso de Inés se turnó a la jurisdicción militar el 17 de mayo de 2002. Después de cuatro años de permanecer ahí, el 15 de septiembre de 2006, se archivó debido a que los agentes del Ministerio Público de la Procuraduría de Justicia Militar «concluyeron» que «no se acreditó la violación».

La decisión se basó, dice el expediente de la CIDH, en las declaraciones de los militares, en los testigos de «oídas» y debido a que Inés no se presentó a declarar.

De acuerdo con Alejandra Nuño, al enumerar esos tres supuestos, el Estado mexicano anticipa la probabilidad de que los casos no sean juzgados ni sancionados, tal y como ocurrió con las violaciones sexuales de las hermanas Ana, Beatriz y Celia González (nombres ficticios), indígenas tzeltales violadas por soldados durante un retén militar en Chiapas, en 1994.

En opinión de la abogada, que el Estado mexicano cuestione la participación de militares en la violación y tortura de Inés y Valentina, y que pretenda utilizar esta interpretación como un mecanismo de impugnación de las sentencias, es una muestra de la falta de voluntad para cumplirlas.

Ante esta situación, la OPIM, Cejil y Tlachinollan informaron que hoy presentaron sus observaciones ante el máximo tribunal, en las cuales pidieron a la CoIDH que deseche la solicitud de interpretación y reitere al Estado mexicano su obligación de cumplir con los fallos.

Cabe recordar que las sentencias –que tienen un carácter definitivo e inapelable según la Convención Americana ratificada por México– ordenaron al Estado mexicano conducir en el fuero civil las investigaciones sobre los hechos de los casos, a fin de sancionar penalmente a los responsables de las violaciones sexuales de las indígenas tlapanecas del estado de Guerrero.

Por otro lado, las organizaciones cuestionaron que a cuatro meses de que se notificaran las sentencias condenatorias (el 1 de octubre de octubre de 2010) no se hayan implementado acciones efectivas para cumplirlas, lo cual «evidencia el nulo compromiso con el que Estado mexicano se aproxima al cumplimiento de sus obligaciones internacionales», advirtieron.

En el comunicado también señalan que hasta este momento ambas investigaciones siguen siendo conocidas por la Procuraduría General de Justicia Militar, lo que –afirmaron– constituye una muestra clara de las reticencias a cumplir cabalmente con los fallos y una muestra clara de «preservar la impunidad» de que gozan los elementos de las Fuerzas Armadas.

11/AGM/LGL

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