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Aprobó ALDF Ley de Justicia para Adolescentes

Por la Redacción

Con 48 votos a favor, cero en contra y una abstención, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) aprobó la Ley de Justicia para Adolescentes del Distrito Federal, aplicable para mayores de 12 años y menores de 18 años, acusados de cometer algún delito, sin que se equipare con la acción penal que se aplica a un adulto.

Esta ley ofrece a los adolescentes infractores respeto a sus garantías individuales de igualdad, libertad, propiedad, legalidad del debido proceso, presunción de inocencia y seguridad jurídica.

Esta ley garantiza al adolescente infractor que será tratado con dignidad y respeto, no ser retenido por un juez más de 72 horas, avisar inmediatamente de su situación a sus padres o tutor, informársele en forma clara y sin demora sobre la causa de su detención, así como la autoridad que la ordenó, y no ser obligado a declararse culpable, entre otros.

Establece también que la privación de la libertad se aplicará como último recurso cuando la infracción sea grave, y únicamente a quienes sean mayores de 14 años de edad y menores de 18, por el tiempo más breve posible que permita su rehabilitación social; además deberán ser internados en lugares especializados y separados por edad y sexo, y sobre todo en recintos distintos a los de los adultos infractores.

Entre las medidas de protección previstas en esta nueva normatividad destaca la posibilidad que tendrán los adolescentes infractores de prestar servicios de interés general en favor de la comunidad, mismos que realizará de manera gratuita en entidades públicas o privadas, hospitales, escuelas u otros.

Se prevé, además, la creación de las salas y juzgados especializados en justicia para adolescentes, para lo cual se otorgan facultades al Jefe de Gobierno del Distrito Federal para que destine las partidas presupuestales necesarias a fin de que antes de concluir el 2007 se cuente con los recursos humanos y la infraestructura indispensables para aplicar la normatividad.

Actualmente, el tema de justicia de menores se encuentra en una etapa de transición, luego de que en diciembre del 2005 se reformó el Artículo 18 constitucional, mismo que marca los lineamientos que cada entidad deberá seguir para implantar un nuevo sistema de justicia para adolescentes.

La reforma al 18 constitucional puntualiza que quienes tengan entre 12 años cumplidos y menos de 18 años de edad, si tienen responsabilidad por las acciones que cometen, pueden ser sujetos de una sanción por parte del Estado, sin que ello implique equipararlo con la acción propiamente penal que se aplica a un adulto.

06/LGG/GG

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