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Aprueban en Chihuahua lineamientos de paridad

Por la Redacción
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El Consejo Estatal del Instituto Electoral de Chihuahua (IEE) aprobó los lineamientos de paridad de género para el proceso electoral 2017-2018 que buscan garantizar la postulación en igual número de candidaturas para mujeres y hombres a cargos de elección popular.

En un comunicado, el IEE informó que “estas disposiciones no limitan la reelección de las mujeres que ostentan los cargos públicos en la actualidad. Al contrario, admiten que la postulación sea continúa (y no necesariamente alternada) siempre y cuando se trate de candidaturas del género femenino”.

El Instituto Electoral señaló que dichos lineamientos se aplicarán a todos los cargos de elección popular para el ámbito local, diputaciones, presidencias municipales, regidurías y sindicaturas y que cada partido político establecerá la libertad de determinar el método de la selección interna de sus candidaturas, siempre y cuando se respeten el principio de paridad de género y acceso de las mujeres a la función pública.

Respecto a las listas de los partidos políticos se pronunció porque éstas deberán conformarse por 50 por ciento de propietarios o propietarias de un mismo género, igual las suplencias.

“Para garantizar la paridad efectiva, se enlistarán tres bloques en orden descendiente, conforme al porcentaje de votación obtenida en las elecciones del 2016: Alta, Media y Baja, tal y como lo establece la Ley Electoral del Estado”, dice el comunicado.

“En el listado de 22 distritos electorales: los ocho del primer bloque son del porcentaje de votación más alta; los ocho del segundo, con la votación media y los seis del tercer bloque, con la votación baja”.

Por municipios (son 67) los primeros 22 son de mayor porcentaje de votación; los siguientes 22, de votación mediana; y los últimos 23 municipios, del porcentaje de votación bajo.

En el listado de candidaturas, las fórmulas tendrán que ser alternadas, de manera que, si la primera posición la ocupa uno de los géneros, la segunda será ocupada por un género distinto, y así sucesivamente.

“Pero en caso de las mujeres, la regla es expresa e intencionalmente favorable, ya que obliga aplicar la alternancia en el orden sucesivo de sus candidatos, a menos de que se postulen de forma continua candidaturas del género femenino.

Los lineamientos de paridad de género son de observancia general para los partidos políticos, así como para las candidaturas independientes y la ciudadanía”.

17/ RED

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