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Aprueban Ley contra violencia de género en Tamaulipas

La Diputación Permanente del Congreso de Tamaulipas aprobó la expedición de la Ley para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres de Tamaulipas, misma que será puesta a consideración del pleno legislativo esta semana en una sesión extraordinaria.

Esta ley, promovida por el titular del Poder Ejecutivo, busca atender las previsiones de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia aprobada por el Congreso de la Unión y publicada en el Periódico Oficial de la Federación el pasado 1º de febrero.

«También busca profundizar la normatividad local para evitar toda forma de discriminación hacia la mujer e impulsar el fortalecimiento de la cultura de respeto a su dignidad como persona», dijo el diputado Julio César Martínez Infante al dar lectura al dictamen.

La nueva ley faculta al Ejecutivo para que, de ser necesario, formule la declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres y dispone la creación del Sistema Estatal para prevenir, atender, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, en un plazo no mayor de 4 meses después de su publicación en el Diario Oficial del estado.

En la aplicación e interpretación de esta ley, que consta de 25 artículos en 6 capítulos, se considerarán los principios constitucionales de igualdad jurídica entre la mujer y el hombre; respeto a la dignidad humana de las mujeres, no discriminación y libertad de la mujer, así como las previsiones de la Ley General para Prevenir y Erradicar la Discriminación en el estado.

La dependencia facultada para conducir la política estatal integral con una perspectiva de género en contra de la violencia de que pueden ser objeto las mujeres será la Secretaría de Desarrollo Social, Cultura y Deporte.

Para propiciar la participación del estado y los municipios en materia de instrumentos, políticas, servicios y acciones institucionales, tomarán parte también la Secretaría de Seguridad Pública; la Procuraduría General de Justicia; la Secretaría de Salud; la Secretaría de Educación, el DIF Tamaulipas y el Instituto de la Mujer Tamaulipeca.

En este ordenamiento se recapitulan los conceptos de la Ley General aludida en materia de violencia psicológica, física, patrimonial, económica, sexual y diversa de la que pueden ser víctimas las mujeres.

RETOMAN ACEPCIONES

De igual manera, se retoman las acepciones que la Ley General adopta en materia de violencia familiar, laboral, docente, comunitaria, institucional y feminicida.

La violencia feminicida, en esta ley, se entiende como «la forma extrema de agresión contra las mujeres por razones de género y consiste en la expresión de conductas misóginas que alienten el ejercicio de la violencia, las agresiones e incluso la privación de la vida de la mujer.»

ALERTA Y REFUGIOS

Por la gravedad de esta patología, podrá ser denunciada por quien o quienes habiten en una determinada circunscripción territorial agravada por este fenómeno y que el estado, por conducto del Ejecutivo, quede facultado para formular la declaratoria de alerta de violencia de género contra las mujeres.

También se establecen las características generales de los refugios y las normas sobre la atención que el Sistema DIF Tamaulipas deberá brindar a las mujeres víctimas de la violencia, las cuales «tendrán derecho a recibir un trato de respeto a su integridad, a obtener protección inmediata y efectiva, contar con asesoría jurídica gratuita y expedita, disfrutar de la atención y los cuidados médicos que requiera y acudir a un refugio seguro mientras lo necesite».

La víctima que tenga descendientes podrá incorporarlos a su refugio, en tanto que el agresor deberá participar en los programas de reeducación integral, especializada y gratuita, previa disposición de la autoridad competente.

En transitorios, establece que los recursos para cumplir con los términos de esta ley se cubrirán con cargo al presupuesto autorizado a las dependencias y entidades estatales y municipales involucradas, las cuales harán las debidas previsiones en la planeación y programación de los subsecuentes presupuestos de Egresos del estado.

La Diputación Permanente y dictaminadora coincidió en que deben hacerse más esfuerzos por parte de las autoridades federales, estatales y municipales para combatir la violencia contra las mujeres, fundamentalmente cuando ostenta motivos de discriminación de género, dado su incremento cuantitativo y cualitativo.

Es evidente que el feminicidio, la violencia sexual, económica, física y psicológica de que es víctima la mujer requieren para su erradicación en la sociedad no sólo un reconocimiento legal, sino de la ejecución y materialización de la norma, concluyó el órgano legislativo que preside Mario Leal Rodríguez.

07/RMR/GG/CV

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