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Aprueban nuevo sistema penal para adolescentes

Por la Redacción

En su sesión de este día, la LVII Legislatura aprobó un nuevo sistema de justicia penal para adolescentes, contemplado en una minuta de Decreto que reforma el Articulo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y que envió la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Con la aprobación de este sistema se intenta establecer las bases, los principios y lineamientos a los cuales deberán responder y sujetarse la Federación, los estados y el Distrito Federal, con lo cual pretende terminar con las irregularidades que privan actualmente en los sistemas de tratamiento de menores infractores en el país, de acuerdo con Infogénero.

La Segunda Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales, que integran los diputados Héctor Rubén Espino Santana, José Rodrigo Gastélum Ayón y María Mercedes Corral Aguilar, presentó al Pleno el dictamen de Decreto que reconoce la responsabilidad penal de los adolescentes, abandonando con ello el considerar inimputables a todas las personas menores de 18 años.

Así, se pasa del concepto del menor inimputable (de 0 a 18 años) al del adolescente responsable (de 12 a 18 años); por ello, el nuevo sistema será aplicable únicamente a las personas mayores de 12 y menores de 18 años de edad acusadas por la comisión de una conducta considerada como delito por las leyes penales, quienes quedan comprendidos en la categoría de «adolescentes».

«Con respecto a las personas menores de doce años de edad -llamadas niñas y niños- se establece que, en razón de su corta edad y escasa madurez, quedan eximidas de toda responsabilidad penal y, en caso de ser acusadas por la comisión de un delito, únicamente podrán ser sujetos de rehabilitación y asistencia social», establece el Decreto al que dio lectura el diputado Espino Santana.

La reforma introduce claramente el principio de legalidad que debe privar en todo sistema de justicia, pues establece que el sistema penal para adolescentes será aplicable únicamente ante la comisión de una conducta tipificada como delito por las leyes penales.

«Esto implica la delimitación de una clara separación entre las conductas delictivas y los comportamientos no punibles o conductas ilícitas sancionables con medidas no penales, como las infracciones administrativas», señala.

Otro aspecto importante es que la aplicación del nuevo sistema deberá estar a cargo de instituciones, tribunales y autoridades especializadas previamente establecidas y sensibilizadas para la procuración e impartición de la justicia penal para adolescentes.

Por lo tanto, la reforma introduce el mandato de establecer, además de procedimientos específicos, ministerios públicos, policías, defensores, jueces, magistrados y personal administrativo especializado en la materia de justicia penal para adolescentes que conozca las características personales que presenta la criminalidad de este sector de la población, agrega el dictamen.

El diputado Espino Santana expuso que el Decreto prevé expresamente la observancia de un sistema procesal acusatorio, con lo que se deja clara la separación que debe existir entre las funciones y atribuciones que desempeña la autoridad investigadora -la cual tiene carácter administrativo- y el órgano de decisión, que necesariamente debe ser una autoridad judicial.

También se limita la utilización de la privación de la libertad, ya sea como sanción o como medida cautelar, con lo cual se pretende ampliar las perspectivas en torno a la respuesta estatal frente al delito y superar la arraigada costumbre de considerar que la pena privativa de libertades es la única sanción penal existente.

Con esto «se busca que las sanciones que no implican privación de libertad para el adolescente sean consideradas de prioritaria aplicación, dejando a las privativas sólo para los casos que revistan cierta gravedad y por el menor tiempo posible, como una mejor respuesta a los fines de reintegración social y familiar atribuidos a la sanción», señala.

La minuta con proyecto de Decreto fue aprobada por unanimidad; a los seis meses de su entrada en vigor, los estados de la Federación y el Distrito Federal deberán crear las leyes, instituciones y órganos que se requieren para su aplicación.

05/YT

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