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Aprueban reforma para garantizar voto de indígenas oaxaqueñas

Por Citlalli López, corresponsal

El Congreso de Oaxaca aprobó ayer reformas a su Constitución local, para garantizar la igualdad entre hombres y mujeres en el ejercicio del voto en las comunidades indígenas, y en la conformación de los órganos de gobierno municipales.

En sesión ordinaria, con 33 votos a favor en lo general y 34 en lo particular, la Legislatura estatal reformó el artículo 113 de la Constitución de Oaxaca para proteger la plena y total participación de las mujeres en los comicios que se realicen en los municipios de usos y costumbres.

También se estableció que cada ayuntamiento procurará contar con una regiduría de Equidad y Género, para promover la participación igualitaria de las mujeres en los ámbitos de la vida social, económica, política, cultural y familiar de la comunidad, y la eliminación de todo acto que contravenga la igualdad de género.

La iniciativa fue presentada por la diputada local del PAN Eufrosina Cruz Mendoza, quien en 2007 contendió a la alcaldía de su natal Santa María Quiegolani, pero por ser mujer le fue impedido asumir el cargo.

La legisladora aclaró que la reforma «no es una lucha contra los usos y costumbres, (sino que) se trata de armonizar el marco legal federal y estatal, así como las convenciones y tratados internacionales suscritos por nuestro país, con las normas que rigen a los pueblos y comunidades indígenas».

El dictamen de las Comisiones Unidas de Estudios Constitucionales, Equidad y Género, y Fortalecimiento y Asuntos Municipales, garantiza el derecho al voto activo y pasivo de las mujeres en los municipios que se rigen por el sistema de usos y costumbres.

De igual forma la Constitución local protegerá y propiciará las prácticas democráticas en todas las comunidades de Oaxaca, para la elección de sus autoridades.

Las mujeres disfrutarán y ejercerán su derecho a votar y ser votadas en condiciones de igualdad con los varones; así como a acceder y desempeñar los cargos públicos y de elección popular para los que hayan sido electas o designadas.

Corresponderá al Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana y al Tribunal Estatal Electoral, garantizar el cumplimiento efectivo de la universalidad del sufragio en los términos que marque la ley.

«Los usos y costumbres de las comunidades no deben ser contrarios a los derechos fundamentales establecidos en la presente Constitución, en los tratados internacionales ratificados por el Estado mexicano y en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos», destaca el dictamen.

Cruz Mendoza advirtió que la contravención a estos derechos será sancionada en los términos de la legislación electoral del estado de Oaxaca.

Actualmente de los 418 municipios oaxaqueños que se rigen por el derecho consuetudinario, en 1995 se contabilizaron 74 municipios (17 por ciento) donde las mujeres no ejercían el sufragio, y 64 en los que aunque votaban ellas no ejercían ningún cargo.

Cifras más recientes señalan que en 43 municipios de usos y costumbres, principalmente de la Sierra Norte y los Valles Centrales, ninguna mujer ejerce el voto y en 16 municipios no todas las mujeres pueden hacerlo, solamente las viudas.

Hoy en día hay 18 alcaldesas oaxaqueñas, de las cuales 12 fueron electas por el sistema de partidos y las otras seis por usos y costumbres. Las presidentas municipales representan apenas el 3 por ciento de los 570 municipios que conforman el estado.

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