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Atentan normas mexicanas contra personas con vih/sida

Por Silvia Magally

En México persisten normas que lesionan el derecho a la no discriminación y a la privacidad de la gente que vive con el virus de la inmunodeficiencia humana (vih), de acuerdo con un estudio elaborado por el Instituto Nacional de Salud Pública (INSP).

Esto, de acuerdo con la investigación «Los derechos humanos en las normas sobre el VIH/sida en México y Centroamérica 1993-2000», a pesar de que en los últimos años el país y la región tuvieron una intensa actividad legislativa respecto al vih/sida incorporando los derechos humanos.

El estudio realizado por la investigadora Silvia Magali Cuadra señala que las leyes en México y Centroamérica buscan, por un lado, garantizar los derechos humanos de las personas infectadas, pero por otra parte pueden volver más vulnerables a ciertos grupos.

Del análisis del contenido de las normas se desprende que en nuestros países existen diferentes formas de regular la prevención, el control y el tratamiento del vih/sida y de abordar el tema de los derechos humanos, expone la especialista.

Agrega que a partir del año 2000 se registra un repunte legislativo con un importante énfasis en incluir la promoción y protección de los derechos humanos para el control de la epidemia en los países de la región.

Según la investigación, existen naciones como Nicaragua que sus legislaciones se inclinan totalmente a la promoción y defensa de los derechos humanos, pero que carecen de medidas concretas relacionadas con políticas de salud pública, lo que se traduce en vacíos para atender casos específicos.

Por el contrario, leyes como las de Panamá y el proyecto legislativo de Honduras elevan a rango legal violaciones a los derechos humanos, pero también tienen como foco de atención la vigilancia a las personas que se dedican al comercio sexual, dejando de lado la protección de los derechos humanos de estos grupos, agudizando la discriminación.

Aunado a ello, agrega, eximen de responsabilidad en la propagación del síndrome de la inmunodeficiencia adquirida (sida) a otros sujetos sociales también relacionadas con el sexo comercial, como clientes, dueños de prostíbulos, fabricantes y distribuidores de alcohol, entre otros.

Por otro lado, los marcos normativos de Costa Rica y Nicaragua, que garantizan el acceso universal a tratamientos antirretrovirales, contrastan frente a los de países como Guatemala, que brindan tratamiento sólo a través de la seguridad social por derechohabiencia.

En el caso mexicano, y de acuerdo con la norma 2000 relativa al tratamiento del sida, existe la necesidad de administrar medicamentos antirretrovirales a todas las personas asintomáticas.

Desde los inicios de los años ochenta, la aparición del sida y la movilización de diversos actores sociales en torno a la epidemia han hecho más compleja la discusión de los derechos universales de las personas.

La respuesta social en torno al tema, según la investigadora, se ha construido de formas diversas, desde el temor, aislamiento y la muerte social de las personas que viven con el vih/sida, situación que a su vez las hace más vulnerables a la violación de sus derechos humanos.

No obstante, señala, la movilización de los grupos de la sociedad civil han contribuido a la construcción de sistemas jurídicos para atender la necesidad de defensa ante la transmisión.

Actualmente, en México y Centroamérica, con excepción de Belice, existe un marco normativo diverso para el vih/sida, en el cual no todas las normas tienen el mismo estatus legal, ya que algunas de ellas son manuales de procedimientos clínicos, otras son normas oficiales y otras más tienen rango de ley.

       
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