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Con penas distintas, pero México condena a mujeres por abortar

Por Anayeli García Martínez
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En México el aborto es legal por diversas causales, pero en 29 de las 32 entidades del país se castiga a las mujeres que interrumpan un embarazo con cárcel, trabajo a la comunidad, multas económicas y hasta con terapia psicológica. Hasta 2015, 30 seguían presas por aborto. 
 
De acuerdo con datos del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), la interrupción del embarazo se castiga con cárcel en 29 estados, en cuatro con trabajo a la comunidad, en 13 con multa económica, y en seis con tratamiento médico.
 
En cada estado hay penas distintas: la condena más alta la impone el Código Penal de Sonora, donde el castigo puede ser hasta por seis años de cárcel; sin embargo, en Chiapas, Michoacán y Veracruz no se priva de la libertad a las mujeres que recurren al procedimiento.
 
En Veracruz se castigaba con reclusión a las mujeres, pero en 2009 se aprobó una reforma para reducir las penas, quitar la cárcel y sustituirla por tratamiento psicológico. Aun así, en ese estado se castiga con seis meses a dos años de prisión a la persona que asista o ayude a realizar un aborto.
 
En 2015 en todo el país, 30 mujeres estuvieron encarceladas acusadas del delito de aborto: 15 que ya estaban en prisión y 15 que ingresaron, según datos del Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales, que realiza el Instituto Nacional de Geografía y Estadística (Inegi).
 
Sobre la penalización del aborto, GIRE y otras organizaciones civiles que defienden los derechos reproductivos han señalado que esta criminalización provoca denuncias contra las mujeres, a pesar de que existen causales que permiten interrumpir un embarazo.
 
A partir de 2008, luego de que 16 congresos estatales modificaron sus constituciones locales para “proteger la vida desde el momento de la concepción-fecundación”, GIRE encontró que las denuncias por aborto han ido en aumento.
 
Para 2015, según el censo del Inegi, ya estaban 15 mujeres recluidas por cometer el delito de aborto, una en Veracruz, una en San Luis Potosí (SLP), otra en Oaxaca, una más en Nayarit, tres en la Ciudad de México (donde es legal hasta las 12 semanas de gestación), y ocho en Sinaloa, éstas últimas sentenciadas y las otras todavía en proceso judicial.
 
A la par de las sanciones en México, las 32 entidades permiten el aborto si es producto de una violación sexual; 30, si fue imprudencial; 23, por peligro de muerte de la mujer; 16, por malformaciones del feto; 14, por razones de salud; 12, por inseminación artificial no consentida; dos, por razones económicas, y sólo en la Ciudad de México se permite por decisión de las propias mujeres.
 
En el caso de la capital del país, en 2007 se aprobó una reforma para permitir el aborto hasta las 12 semanas de gestación; pero después de este periodo, el Código Penal local castiga el delito con penas de tres a seis meses de prisión, y a quien haga abortar a una mujer se le impone de uno a tres años de reclusión.
 
Esta diversidad normativa hizo que en 2012 el Comité de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) recomendara al Estado mexicano armonizar las leyes, para eliminar los obstáculos que enfrentan las mujeres que deseen interrumpir su embarazo de forma legal.
 
En 2015 se sumaron otras 15 mujeres que ingresaron a prisión por este delito: dos en SLP, tres en Tlaxcala, cinco en Jalisco, y en Baja California, Guanajuato, Sonora, Tabasco y Yucatán, fue encarcelada una mujer en cada estado, todas acusadas de aborto.
 
Sin embargo, organizaciones que defienden los derechos femeninos como el Centro Las Libres, en Guanajuato, detectaron que las mujeres que tenían un aborto, en su mayoría espontáneo, eran acusadas y juzgadas por homicidio en razón de parentesco, por lo que podría ascender el número de reclusas por interrumpir su embarazo.   
 
16/AGM/RMB

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