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“Criterios sexistas” de jueces anulan leyes a favor de mexicanas

Por la Redacción

Los investigadores y expertos en Derecho Rodolfo Vázquez y Juan Cruz Parcero, afirman que si las juezas y jueces, y otros funcionarios judiciales, reflexionan sus decisiones desde la perspectiva de género pueden detectar la discriminación que opera a diario en la procuración y administración de justicia.
 
En el artículo “La mujer a través del derecho penal” –parte de la serie “Género, Derecho y Justicia”, editada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN)– los autores advierten que es necesario contribuir a la investigación y estudio de la situación de las mujeres y su relación con el sistema penal.
 
En el texto los autores destacan que México tiene numerosos retos en la procuración y administración de justicia para las mujeres, pero hay que ir detectando los problemas específicos para darles solución; por ejemplo la discriminación en la interpretación de las leyes.
 
El artículo recoge colaboraciones de expertas y expertos que abordan temas como la perspectiva de género en el sistema penitenciario; estudios sobre mujeres delincuentes; la criminalización de las mujeres; el feminicidio; análisis sobre la legislación contra la discriminación por género, y experiencias positivas como las órdenes de protección.
 
Los especialistas refieren que hay estudios sobre el uso de “criterios sexistas” a la hora de juzgar, por lo que los avances legislativos a favor de las mujeres no se traducen aún en una práctica vigente por parte de policías y ministerios públicos (MP).
 
Hay casos, dicen, donde la acusación del MP de delitos contra mujeres no prospera por los viejos vicios y deficiencias del sistema de procuración de justicia, pero sobre todo por la discriminación y la violencia de género basada en estereotipos.
 
En este tema citan un ejemplo de discriminación cuando la policía judicial y el MP consideran suficiente que una mujer esté cerca de un traficante de droga (se puede tratar de madres, hermanas, cónyuge o pareja), para justificar acusarla por delitos semejantes a los presuntamente cometidos por el varón.
 
De acuerdo con este análisis, no se puede negar que las mujeres cometen delitos, pero es evidente que para los encargados de la procuración de justicia basta con probar la relación de la mujer con el varón para considerar probada su participación en la conducta delictiva, algo que no sucede a la inversa.
 
En tiempos recientes, dice el artículo, el incremento de mujeres en prisión en varios países está relacionado con la llamada “guerra contra las drogas”, que se ha convertido en una guerra no anunciada contra las mujeres.
 
Los autores sostienen que la mayoría de las mujeres está en prisión por delitos relacionados con el tráfico de drogas, en modalidades de narcomenudeo, introducción a centros penitenciarios, o por delitos contra la propiedad, es decir, se trata de crímenes no violentos.
 
Señalan que expertas en estos temas han documentado que al final ellas son castigadas cuando son recluidas, pero también cuando los varones con quienes tienen vínculos familiares o afectivos son encarcelados. Las penas de prisión aplicadas a los varones generan cargas que las mujeres asumen, pues aumentan sus tareas de cuidado y responsabilidad.
 
13/AGM/RMB

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