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Defender derechos sexuales para garantizar autonomía individual

Por Anaiz Zamora Márquez

Cuando se habla de derechos sexuales y reproductivos debe colocarse en el centro del debate que estos son Derechos Humanos (DH), y que el bien jurídico que se debe proteger, con las normas y leyes que se diseñen en la materia, es la autonomía de las personas. 
 
Así lo señaló Pedro Salazar Ugarte, director del Instituto de Investigaciones Jurídicas (IIJ) de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), durante el coloquio “Debates contemporáneos en derechos reproductivos”, que se realiza en la máxima casa de estudios.
 
“La autonomía de las personas debe entenderse como la capacidad de diseñar un plan de vida y llevarlo a cabo, es decir, la capacidad de llevar una vida plena desde lo que cada persona determina que es vida plena, en donde el no cumplimiento de ese plan de vida no esté determinado por factores estatales”, abundó.
 
En ese sentido, Salazar Ugarte sostuvo que cuando tiene que ver con derechos reproductivos, el derecho (normas, leyes, sanciones) tiene que ser de intervención mínima, que no prohíba y que no obligue a determinadas cuestiones (como llevar un embarazo a término).
 
Al mismo tiempo, el derecho penal no debe de intervenir en sancionar las decisiones personales y únicamente debe actuar cuando existen factores que buscan agredir a esos derechos.
 
Agregó que en esta materia se debe exigir que el Estado cumpla con su obligación de legislar desde una perspectiva laica, ya que debe generar las condiciones para que las personas decidan de forma autónoma conforme a sus propias creencias, sean religiosas o no.
 
“Las religiones no pueden dominar las normas, ni las leyes, ese principio al igual que la obligación del respeto, promoción y protección de los DH está en nuestra Constitución, no es un reclamo académico o ideológico son normas que deben operar como principios”, dijo.
 
Dentro de ese contexto, llamó a quienes integran la academia y las organizaciones civiles a tomar “muy en serio” la obligación constitucional (adquirida en 2011) del Estado, que establece que todas las autoridades deben de proteger los derechos sexuales, ya que eso “nos lleva a seguir insistiendo en la armonización legislativa y en la depuración de normas legislativas, que no están diseñadas con perspectiva de derechos y desde el principio pro persona”.
 
Abundó en que esa obligación también se traduce en diseñar políticas públicas que hagan efectivos los derechos, porque si eso no ocurre “lo que dice en la Constitución es simplemente retórica constitucional”.
 
Por su parte, la doctora Gabriela Cano, profesora investigadora de El Colegio de México (Colmex), presentó los avances de una investigación que realiza sobre la historia del feminismo, con el objetivo de visibilizar que no se puede hablar de derechos sexuales y reproductivos sin considerar la lucha del movimiento de mujeres.
 
De acuerdo con la especialista, incluso dentro de ese movimiento han existido diferentes conceptualizaciones sobre los derechos sexuales y reproductivos, y materia en la que aún se debe avanzar en el reconocimiento de los mismos.
 
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