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Deja PRI a las mujeres los municipios menos importantes

Por Dora de la Cruz

Para cumplir la paridad de género, el Partido Revolucionario Institucional (PRI) en el estado de Tamaulipas postuló a las mujeres en los municipios con menor población de la entidad.
 
En un comunicado, el PRI informó sobre el registro de las candidatas Yesika Yanet Selvera Garza (municipio de Abasolo); Mónica Saldívar Quintana (Jiménez); Julia Grimaldo Mata (Padilla); Genoveva Córdova Castro (Palmillas); Norma Esther de la Fuente Aguirre (San Carlos); Sandra Verónica Benavides Castellanos (San Nicolás); Olga Lidia Landa Zamora (Guerrero), y Margarita Perales Salazar (Gustavo Díaz Ordaz).
 
En los municipios con mayor relevancia por su desarrollo económico y de mayor población, el tricolor postuló a hombres para contender en las elecciones locales del próximo 5 de junio, con las que se renovarán la gubernatura, el Congreso estatal y 43 ayuntamientos.
 
En el caso de las y los precandidatos (cuya postulación se definirá en una Convención de Delegados), el PRI designó a dos mujeres: Griselda Dávila Beas (municipio de San Fernando); Griselda Carrillo (Altamira), y en el puerto de Tampico a Magdalena Peraza, quien ya había sido alcaldesa por el opositor Partido Acción Nacional (PAN).
 
En algunos municipios el PRI postulará candidatas y candidatos de coalición, pero aplica la paridad de género con 22 mujeres y 21 hombres como aspirantes a las alcaldías. Sin embargo, los varones fueron candidateados en los municipios más importantes del estado.
 
El pasado 8 de febrero, el Instituto Nacional Electoral (INE) determinó –entre otras medidas a favor de la paridad de género en candidaturas– que los partidos políticos no pueden destinar a las mujeres exclusivamente a aquellos distritos o municipios en los que han perdido los comicios, o han obtenido los porcentajes más bajos de votación en elecciones previas.
 
En caso de que los partidos incumplan las reglas, el INE destacó que los organismos públicos locales electorales deberán dar un plazo para corregir las postulaciones, y en última instancia negar los registros a los que no acaten la paridad.
 
16/DC/RMB

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