Los derechos sexuales y reproductivos pertenecen a todas las personas, sin distinción de etnia, sexo, religión, nacionalidad, preferencia sexual, posición económica o cualquier otra condición.
Forman parte de los derechos humanos, son universales e irrenunciables y su objetivo es que todas las personas tengan una vida sexual y reproductiva satisfactoria y libre de riesgos y se refieren a todo lo relacionado con la vida sexual y reproductiva de las mujeres.
Derechos reconocidos en la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (CIPD), celebrada en la ciudad de El Cairo, Egipto en 1994, y en la IV Conferencia Mundial de la Mujer, realizada en Pekín, China en 1995.
En ambos eventos, se enfatizó la urgencia de programas y servicios de salud reproductiva de las mujeres entendida en un sentido integral y el gobierno mexicano se comprometió a garantizar su cumplimiento.
Asimismo, los derechos sexuales y reproductivos tienen sus bases jurídicas en la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
DERECHO A VIVIR
Desde el movimiento de mujeres se entiende que el concepto de salud reproductiva abarca cuestiones biológicas, psicológicas, sociales y ambientales que determinan la salud de la mujer a lo largo del proceso reproductivo y es en este proceso, donde la autonomía reproductiva es fundamental.
De tal manera que toda persona tiene el derecho de decidir cuántas hijas o hijos va a tener; cuándo los tendrá y con qué intervalo de tiempo.
En este punto hay que señalar el derecho a la vida que, en materia de derechos sexuales y reproductivos, tiene que ver particularmente con el derecho de las mujeres a no morir por causas evitables relacionadas con el embarazo o parto.
Lo cual implica que las mujeres tienen derecho a no poner en riesgo o peligro su vida por razones de embarazo.
Las mujeres ponen en peligro su vida cuando ocurre un embarazo antes de los 16 años y realizan un aborto en malas condiciones como las que existen en clínicas clandestinas o con personal no capacitado.
Un embarazo después de los 35 años de edad, embarazos muy cercanos-1 por año- y embarazos numerosos-más de 5 o hasta 3 cesáreas-, también con causas por las que la vida de las mujeres corre peligro.
El derecho a la información y a la educación es fundamental para evitar las muertes de mujeres por causas relacionadas con la maternidad, toda persona, desde temprana edad tiene derecho a ser educada y debe tener igual acceso a información.
Las niñas y los niños, así como las y los adolescentes, tienen derecho a que se les brinde información y se les vincule a programas de prevención de embarazos no deseados, maltrato, abusos y todo lo relacionado con el ejercicio de su sexualidad.
De igual manera las adolescentes embarazadas tienen derecho al apoyo especialmente de su familia, la comunidad y el Estado.
En la Convención sobre los Derechos de la Niñez, se reconoce el derecho a los servicios de planificación familiar.
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