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Derechos sexuales y reproductivos

Por Mónica Pérez

¿Qué son los derechos sexuales y reproductivos? ¿Están consagrados en las leyes mexicanas? Y si están, ¿a quién le toca defenderlos?

Los derechos sexuales y reproductivos pertenecen a todas las personas, sin distinción de etnia, sexo, religión, nacionalidad, preferencia sexual, posición económica o cualquier otra condición.

Forman parte de los derechos humanos, son universales e irrenunciables y su objetivo es que todas las personas tengan una vida sexual y reproductiva satisfactoria y libre de riesgos.

Además, promueven el respeto de las personas, su desarrollo integral, el aumento de su calidad de vida, la autoestima, la responsabilidad individual y el bienestar.

Los derechos sexuales pretenden facilitar a hombres y mujeres el control de su propio cuerpo y su sexualidad; garantizan la libertad para decidir al respecto sin ser sujetas ni sujetos a discriminación, acoso, coerción o violencia.

Asimismo, se refieren al ejercicio autónomo de una sexualidad sana, placentera y sin riesgos, independiente de fines reproductivos.

Por su parte, los derechos reproductivos se refieren al derecho básico de todas las parejas y personas a decidir libre y de manera responsable el número de hijas o hijos que desean tener, así como el espaciamiento entre cada uno, y el derecho a disponer de información oportuna y veraz para lograrlo.

Estos derechos fueron reconocidos en la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo (CIPD), celebrada en la ciudad de El Cairo, Egipto en 1994, y en la IV Conferencia Mundial de la Mujer, realizada en Pekín, China en 1995. En ambos eventos, el gobierno mexicano se comprometió a garantizar su cumplimiento.

Según la definición de la CIPD, los derechos reproductivos comprenden ciertos derechos humanos ya reconocidos en diversas leyes nacionales, documentos internacionales sobre derechos humanos y otros documentos importantes de las Naciones Unidas.

Estos derechos descansan en el reconocimiento de que todas las parejas y personas pueden decidir libre y responsablemente el número y el espaciamiento de sus hijos, la frecuencia con que los tendrán; y el derecho a tener la información y los medios para hacerlo, así como el derecho a alcanzar el grado más alto de salud reproductiva y sexual.

Asimismo, los derechos sexuales y reproductivos tiene sus bases jurídicas en la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

En la Convención sobre los Derechos de la Niñez, que reconoce el derecho a los servicios de planificación familiar, y en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, que exhortó a erradicar todas las formas de discriminación y violencia basadas en el sexo.

Actualmente, el derecho a la salud sexual y reproductiva en México se fundamenta en el artículo 4° Constitucional, así como en la Ley General de Salud, en el Código Civil, en la Ley de las y los Jóvenes en el Distrito Federal y en la Ley de los Derechos de las Niñas y Niños del Distrito Federal.

El reconocimiento de los derechos sexuales y reproductivos ha sido una constante lucha del movimiento de mujeres en todo el mundo y para ejercerlos es necesario conocerlos, difundirlos, exigir que sean respetados, cumplidos y denunciar ante las autoridades competentes todas las irregularidades que se presenten.

2004/BJ

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