Inicio Descalifica el Congreso oaxaqueño el robo de mujeres como delito grave

Descalifica el Congreso oaxaqueño el robo de mujeres como delito grave

Por Paulina Ríos

Sin consultar a las organizaciones femeninas ni al Instituto de la Mujer Oaxaqueña (IMO), el pasado martes el Congreso aprobó contrarreformas al rapto hacia las mujeres.

En septiembre pasado se logró que se tipificará como delito grave, hoy se descalifica luego de que la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE) consideró ese logro como «absurdo».

Después de conocer las reformas sobre secuestro y retención ilegal de la libertad, en las que se redujo la penalidad a quien rapte a una mujer, la directora general del IMO, Norma Reyes Terán, exigió al Congreso local actuar con responsabilidad al respecto.

En conferencia de prensa, la responsable del Instituto de la Mujer Oaxaqueña (IMO) calificó de «albazo», falta de respeto y una medida irracional contra las mujeres, la disminución de la pena en el robo de una mujer, además de considerar que la PGJE actuó «mañosamente» en ese caso.

La burla es imperdonable, afirmó Reyes Terán, ya que el 7 de agosto del año pasado la LVIII Legislatura había reformado y aprobado disposiciones que penalizaban el rapto como grave y «hoy para los diputados y la Procuraduría vemos que las mujeres no valemos nada».

Indicó que el pasado martes, el Congreso local «alteró» el Código Penal. «Adicionaron el artículo 347 bis e incluyeron el texto que se había derogado y que correspondía al delito de rapto , ahora obliga a aplicar diferenciadamente la justicia en Oaxaca, específicamente en el delito de privación ilegal de la libertad».

«Cuando una mujer lo padece, el delito no se configura si se alega que el rapto fue practicado con un deseo erótico sexual, incluso con violencia física o a través de la seducción o el engaño, términos subjetivos que ya se habían eliminado. Hoy, si no hay cópula, sólo habrá sanción administrativa», aseveró categórica.

La funcionaria estatal expuso que tanto el Congreso local como la PGJE sostienen fehacientemente que el secuestro de una persona es un delito grave «pero no lo consideran así el robarse a una mujer si se manifiesta un deseo erótico sexual».

«Ellos califican de injusto que el robo de una mujer sea considerado como grave, pero ¿es justo que se la roben? ¿Qué sentirían si les robaran a una hija? ¿Sería entonces un delito leve?», cuestionó Reyes Terán y aseguró que con esas reformas, las y los legisladores locales están siendo cómplices de quienes roban, humillan y violan a las mujeres y con ello dan pie a que se presente en Oaxaca una situación similar a lo que ocurre en Ciudad Juárez, Chihuahua, donde las mujeres no valen y son asesinadas.

Ante esa situación, el IMO exigió derogar esas disposiciones enmarcadas en el artículo 347 bis y modificar el 348, ambos del Código Penal para el robo de una mujer vuelva a quedar tipificado en los delitos de secuestro, y no como privación ilegal de la libertad.

       
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