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Descalifica la CIDH pesquisas de caso Digna Ochoa

Por Miriam Ruiz

La investigación sobre la muerte de la defensora mexicana de los derechos humanos, Digna Ochoa, está viciada de origen y presenta numerosos errores, concluyó hoy un grupo de peritos de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).

En el informe la CIDH indica que algunas pruebas no se ajustaron a los métodos y procedimientos regulares, ni a los estándares desarrollados al considerar que las fallas y omisiones en algunas pruebas obedecen a la falta de actualización profesional de los peritos, forenses y el personal del Tribunal de Justicia del Distrito Federal.

El equipo de peritos de la CIDH estuvo conformado por María Dolores Morcillo Méndez, especialista forense del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses de Colombia, y Alan John Voth, especialista de la Policía Canadiense, así como el criminólogo Pedro Díaz.

Los expertos cuestionaron el manejo de las evidencias y la custodia de los elementos físicos de la investigación, aunque reconocen que no se evidencian alteraciones en el material.

El informe señala como ejemplo fallas en la inspección del despacho de la abogada, donde fue hallada muerta por arma de fuego el 19 de octubre del 2001.

Otro aspecto que refleja falta de control y manejo de la escena de los hechos es el reciente hallazgo de una bolsa que contenía una sustancia blanca –conocido ahora públicamente-, y que se desconoce si estaba allí el 19 de octubre y porqué no fue hallada entonces.

El fallo cuestiona también que algunos dictámenes se contradicen o presentan conclusiones sin fundamento. En otros casos, se emiten opiniones absolutas sin fundamento.

La CIDH considera que las testimoniales de los campesinos del estado de Guerrero no se atendieron o se realizaron por la procuraduría local, en la que la población no confía.

«El estilo inconveniente de formular preguntas «de cajón» o habituales que reflejan más una diligencia de descargos dirigida a un sospechoso que a un testigo.» apunta.

Y lamenta que no se haya recibido la declaración de un testigo que podía tener información importante, debido a que carecía de identificación, tal y como denunció en febrero la familia Ochoa y Plácido, que considera que los resultados de la investigación se hallarían en el sureño estado de Guerrero.

Aunque el personal asignado a la investigación tendría que ser de alto perfil, en este caso, asegura el resumen del informe, «su preparación no es adecuada, combinándose una falta de conocimiento profundo del ordenamiento jurídico vigente y desidia en el trabajo.»

A pesar de las declaraciones de la fiscal especial Margarita Guerra sobre la cooperación de la Secretaría de la Defensa Nacional, el informe de la CIDH cuestionó que el Ejército Mexicano no entregó la información solicitada en forma concreta y directa.

Esta evaluación técnica incluyó las pruebas de balística, la verificación técnica de la pruebas forenses, grafoscópicas, documentales, de dactiloscopía, genética, psicología forense, tráfico de llamadas, sobre archivos magnéticos y de la prueba testimonial.

El fallo fue dado a conocer a 20 meses de la muerte de Digna Ochoa, y en él la CIDH concluye que la Fiscalía Especial para el caso tendrá que fallar con apego a derecho «aunque alguna parte de la prueba recogida registre las fallas señaladas.»

Las conclusiones del caso Digna Ochoa, defensora de dos campesinos ecologistas del Estado de Guerrero y cuya muerte provocó reacciones en el ámbito internacional, tendrán las mismas fallas que tantos otros casos impunes.

Lo anterior como «consecuencia de problemas estructurales en el sistema de administración de justicia y de la investigación penal en el Distrito Federal, y no provienen de una situación coyuntural», indica la CIDH.

El informe, identificado con el número P12.229 en la CIDH, fue enviado por esta entidad de la Organización de Estados Americanos (OEA) al gobierno mexicano y a los peticionarios, y dado a conocer esta tarde por el Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez, donde laboró la abogada veracruzana y que fue peticionario ante la CIDH para el peritaje internacional.

La CIDH aclaró que no les corresponde determinar «las circunstancias en que murió la abogada Digna Ochoa, como tampoco la identificación o juzgamiento de eventuales responsables, tareas de responsabilidad exclusiva de las autoridades mexicanas».

«La voluntad y el deseo de acertar no son suficientes», lamentó el equipo de expertos. Se requiere de la constancia, madurez y el conocimiento adquirido por la formación, y actualización en la ciencia de la criminalística y la investigación penal, «donde no hay lugar a improvisar o hacer ensayos.

2003/MR/MEL

       
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