Inicio Desde mañana Gobernadora de Yucatán podría vetar ley contra ILE

Desde mañana Gobernadora de Yucatán podría vetar ley contra ILE

Por Gladis Torres Ruiz

Hoy vence el plazo para que Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC) y ciudadanía entreguen a la gobernadora de Yucatán, Ivonne Ortega Pacheco, sus opiniones sobre la iniciativa del Partido Revolucionario Institucional (PRI) para modificar la Constitución Política y el Código Penal del estado con el propósito de impedir la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) y limitar otros derechos sexuales y reproductivos.

A partir de mañana, la mandataria podrá decidir si procederá a publicar el decreto en el Diario Oficial de la entidad o ejercerá su derecho a veto.

Hasta el momento, informó a Cimacnoticias Socorro Chablé, del Centro de Promoción y Defensa de los Derechos Humanos Laborales (Ceprodehl), se han recibido 24 opiniones tanto a favor como en contra de la reforma.

En entrevista telefónica, la defensora de los derechos humanos de las mujeres señaló que la Gobernadora revisará los documentos que se han entregado en el Palacio de Gobierno y los que pudieran llegar hasta hoy a las 8 de la noche, con el fin de que ella tome una resolución de acuerdo con los tiempos oficiales marcados para este tipo de procesos.

«Es decir, explica Chablé, la Gobernadora tendrá diez días hábiles a partir del 1 de septiembre para regresar el ordenamiento al Congreso o, en su caso, publicarlo en el Diario Oficial de Yucatán».

La iniciativa fue dictaminada de manera furtiva un día anterior a la sesión y aprobada por 24 de los 25 diputados presentes en la sesión del 15 de julio. La diputada Bertha Pérez Medina, del Partido de la Revolución Democrática (PRD) fue quien votó en contra.

OSC VIGILANTES

Señaló Chablé que las OSC de Yucatán que trabajan en el estado en la defensa de los derechos humanos de las mujeres se encuentran al pendiente de este proceso, pues han trabajado ampliamente para contravenir la reforma propuesta por la bancada del Partido Revolucionario Institucional (PRI), ya que consideran que menoscaba todas las luchas de las mujeres por su derechos.

Hemos destacado, señaló la activista, que estas reformas contravienen no sólo lo establecido en los principales Tratados de derechos humanos en materia de equidad de género y derechos de la mujer, sino también la reciente sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que determinó, de manera clara, el derecho que tiene las mujeres para decidir sobre su propio cuerpo, al declarar la constitucionalidad de las reformas al Código Penal del Distrito Federal que despenalizó el aborto hasta la décima segunda semana de gestación.

Este día OSC y mujeres yucatecas colocaron sobre el busto de Elvira Carrillo Puerto, que se encuentra a la entrada del Congreso local, una corona de flores en señal de luto porque consideran que los derechos de las mujeres son letra muerta para las y los legisladores.

«No es posible que se retroceda de esta manera, las yucatecas estamos luchando por lo mismo que ella hizo hace 100 años», subrayó Chablé.

LA INICIATIVA

La iniciativa para reformar el Artículo 1º de la Constitución Política de Yucatán y que adiciona dos párrafos al Artículo 392 del Código Penal, a fin de «proteger la vida desde el momento de la concepción», faculta al juez para sustituir la sanción estipulada a una mujer que se procure un aborto por un «tratamiento médico integral», respectivamente.

El tratamiento médico será provisto por las instituciones de salud del estado y tendrá como objetivo: «la atención de las consecuencias generadas por el aborto y el de reafirmar los valores humanos por la maternidad procurando el fortalecimiento de la familia».

El Código Penal del estado, aún no modificado, establece en el Artículo 39 que «se impondrá de seis meses a un año de prisión, a la madre que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar», toda vez que concurran estas tres circunstancias: que no tenga mala fama, que haya logrado ocultar su embarazo, y que éste no sea fruto de matrimonio. Pero, «faltando alguna de las circunstancias mencionadas, se le impondrá de uno a cinco años de prisión».

Mientras que en el Artículo 393, establece que el aborto no es sancionable en los siguientes casos: cuando sea causado por acto culposo de la mujer embarazada; cuando el embarazo sea el resultado de una violación; cuando de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte.

Y cuando se practique con el consentimiento de la madre y del padre en su caso y a juicio de dos médicos exista razón suficiente para suponer que el producto padece alteraciones genéticas o congénitas, que den por resultado el nacimiento de un ser con trastornos físicos o mentales graves.

Hasta hoy, en la entidad el aborto es legal por cinco causales, entre las que destaca la condición económica precaria de la madre como razón suficiente para interrumpir el embarazo, y siempre que la mujer embarazada tenga ya cuando menos tres hijos, siendo el único estado en toda la Republica Mexicana que permitía el aborto por esta razón.

La iniciativa que analiza la Gobernadora de la entidad sólo permite 2 de las 5 excepciones establecidas en el aún vigente Código Penal: la interrupción legal en caso de violación o malformaciones congénitas.

LEY DE FAMILIA

Por otra parte, este fin de semana en Yucatán entró en vigor la llamada Ley de la familia, con la que se prohíbe la unión legal entre personas homosexuales y se impide a personas solteras adoptar niñas o niños, luego de que fue publicada el viernes 24 en el Diario Oficial del estado.

09/GTR/GG

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