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DF contará con base de datos de mujeres desaparecidas

Por Gladis Torres Ruiz

El Distrito Federal será la primera entidad federativa del país en tener una base de datos sobre mujeres desaparecidas, la cual contendrá información genética y muestras de células de las y los familiares de las víctimas, así como de los cuerpos de cualquier mujer o niña no identificada que hubiera sido asesinada.

De acuerdo con el decreto por el que se reforma el artículo 26 de la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida libre de Violencia del Distrito Federal, publicado ayer en la Gaceta Oficial del DF, la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF) está obligada a crear una «base de información genética», la cual deberá ser resguardada y únicamente podrá ser utilizada para la confrontación de datos.

Tales muestras se tomarán a las y los familiares de mujeres desaparecidas que así lo consientan, para que puedan ser cotejadas con cuerpos de mujeres no identificados, a fin de eliminar la probabilidad de que quien no sea localizada haya sido asesinada.

La base de datos deberá contar con una página electrónica específica sobre desapariciones de mujeres y niñas, en la que se podrán verificar sus datos generales de manera actualizada. La información debe ser pública, para que la población aporte información sobre el paradero de las desaparecidas.

Las reformas de abril pasado a la Ley de Violencia, y publicadas ayer en la Gaceta Oficial del DF, estipulan un sistema de registro público de los delitos cometidos contra mujeres que integre la estadística criminal, para definir políticas en materia de prevención, procuración y administración de justicia.

La estadística debe incluir el lugar en que ocurrieron los hechos; características de la víctima y del sujeto activo; móviles; diligencias básicas a realizar, así como las dificultades para la práctica de la investigación; los índices de incidencia y reincidencia; consignación, sanción y reparación del daño.

Asimismo, los agentes del Ministerio Público (MP), peritos y personal que atiende a víctimas tienen qué ser especializados y actualizados a través de programas impartidos por el Instituto de Formación Profesional en materia Derechos Humanos y género.

La perspectiva de género se incluirá en la conducción de averiguaciones previas y procesos judiciales relacionados con discriminación, violencia y feminicidio; además se elaborarán, aplicarán y actualizarán protocolos especializados para la búsqueda inmediata de mujeres y niñas desaparecidas, a fin de indagar casos de feminicidio y violencia sexual.

Cabe recordar que el 25 de octubre de 2011 fue publicado el Protocolo de Investigación Ministerial, Policial y Pericial del delito de Feminicidio, en respuesta a las reformas realizadas ese mismo año a los códigos Penal y de Procedimientos Penales del DF que incorporan el delito de feminicidio, y las cuales entraron en vigor el 25 de julio de 2011.

De acuerdo con la Fiscalía de Homicidios de la PGJDF, 64 mujeres fueron asesinadas en el Distrito Federal en 2011, de ellas 39 se tipificaron bajo esta figura y hasta este año sólo se ha sentenciado un caso.

Las modificaciones a la fracción VII del artículo 26 prevén la creación de estudios estadísticos e investigaciones sobre el acceso a la justicia de las mujeres víctimas de violencia, así como de las causas y sentencias que se dictan contra las mujeres responsables de delitos.

Cabe señalar que todos estos mecanismos son parte de las obligaciones que se establecen en la sentencia que el Estado mexicano recibió de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) por el caso Campo Algodonero, en Ciudad Juárez, donde se encontraron los cadáveres de ocho mujeres en 2001.

El 10 de diciembre de 2009 la CoIDH publicó la sentencia que condena al Estado mexicano por no prevenir, investigar, ni actuar con celeridad para erradicar la violencia contra las mujeres en Ciudad Juárez, Chihuahua.

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