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El fraude de las empresas «outsourcing»

Por Manuel Fuentes Muñiz*

La primera vez que escuché el término «outsourcing» no lo entendí.Algunos especialistas comenzaban a hablar de él como un fenómeno mundial que empezaba con mucha fuerza en nuestro país y que consistía en permitir que otras empresas hicieran los trabajos no sustantivos de los centros de trabajo.

Ese término lo fui comprendiendo al paso de los años, un día casualmente, en los tribunales de trabajo,conversando con mi contrario: un empresario.Él me dijo que contrataba empresas contratadoras de personal para reducir costos, para que en las actividades que realizarán éstas, no se aplicara el contrato colectivo que tenía en su empresa.

Esta confesión cínica me hizo comprender en parte el problema, pero éste era más profundo de lo que pensaba.En alguna ocasión una trabajadora de la empresa productora de cremas «Nivea» me dijo que estaba despedida y le pedí sus documentos para elaborar la demanda: contrato de trabajo, recibos de pago, alta en el IMSS, pero de sus papeles entregados descubrí que trabajaba en una empresa con razón social y domicilio diferente al que decía ella prestar sus servicios.

La empresa «outsourcing» alegó que mi defendida trabajaba en su domicilio, una pequeña oficina de dos habitaciones, ubicada en un departamento descuidado, y que desde allí se le enviaba a varias empresas.Mientras que la empresa que produce la crema «Nivea» con razón social BDF México, SA, la verdadera patrona, al contestar la demanda dijo que mi representada no era su trabajadora.

Fui descubriendo entonces que las empresas contrataban empresas «outsosourcing» para eludir responsabilidades, para desconocer no sólo los derechos de sus trabajadores, sino su propia existencia.

En el medio laboral se conoció que los propios abogados empresariales ofrecían a sus clientes empresas «outsourcing», además de la asesoría laboral, por ser un buen negocio.El más conocido era del despacho «Cavazos», cuyo titular, ya fallecido, fue autor de varios libros de derecho laboral.

Un buen negocio porque a los trabajadores se le pagan salarios ínfimos, a veces hasta el salario mínimo y con prestaciones mínimas de ley y las empresas llegan a pagar setecientos o hasta mil pesos por trabajador, justificando que las outsourcing tienen que asumir todos los costos: uniformes, material de trabajo, todos ellos de mala calidad. Una importante diferencia se queda en los bolsillos de los promotores de estas novedosas empresas.

Cuando ocurrió la explosión en la mina 8 de Pasta de Conchos, en Sabinas, Coahuila, el 19 de febrero de 2006, en el que fallecieron 65 mineros, 29 de ellos estaban contratados por la empresa Industrial Minera México (IMMSA) y 36 por una empresa contratista llamada General de Hulla.

Esta fue la indignación más grande porque trabajadores mineros que realizaban las mismas actividades recibían diferentes prestaciones y montos salariales inferiores.La empresa IMMSA, para eludir el pago de prestaciones contractuales, decidió tener su propia empresa outsourcing para que los trabajadores al servicio de ésta no recibieran los beneficios de su contrato colectivo, ¡pero en las actividades sustantivas de su operación!

Lo más degradante fue que el propio Sindicato Minero, el de Napoleón Gómez Urrutia, firmó un convenio con IMMSA, apenas un mes antes de la tragedia, para recibir el equivalente del 4% del salario de cada uno de los trabajadores de General de Hulla que realizaban las mismas actividades de los sindicalizados pero con menos prestaciones, con el fin de aceptar su no sindicalización.

Ello propició que la contratista eludiera el pago real que percibían los mineros inscribiéndolos en el IMSS con una cantidad inferior a la que recibían.Ahora las viudas de los mineros están recibiendo un 40%de $110.00 diarios y no de los $300.00 que realmente percibían.

Ahora tengo conocimiento de que se encuentra en la Cámara de Senadores una propuesta para modificar el artículo 15 de la ley del Seguro Social, que ya fue aprobada en la de Diputados para que las empresas que contraten los servicios de una empresa «outsourcing» se vuelvan obligadas solidarias.

Esta propuesta ha levantado al sector patronal, quien ahora se rasga las vestiduras diciendo que ello representará mayores costos para ellos. Que no están de acuerdo en verificar que las outsourcing paguen sus impuestos, el número de días laborados de los trabajadores, que los registren y paguen las cuotas en el IMSS con los salarios correctos.

Que se oponen a que si incumplen estas empresas contratistas ellas se hagan solidarias de sus responsabilidades. Dicen que ello «es una injusticia» ¡Vaya vaya, parece el mundo al revés!

Hasta Javier Lozano, flamante Secretario de Trabajo, se opone a estas modificaciones afirmando: «Las empresas de outsourcing deben regularizarse, de eso no hay duda, pero no desaparecerlas, son generadoras de empleo» (¡¡!!).

¿Generadoras de empleo? ¡Esa afirmación es una insensatez! Lo único que han generado las empresas «outsourcing» es baja de salarios y prestaciones. Han representado fraude en el cumplimiento de la seguridad social y una forma de legalizar mayor explotación al trabajador.

Las autoridades laborales no han hecho nada para impedir las atrocidades e irregularidades de estas seudoempresas y ahora son defensoras de lo oprobioso.

Ahora los senadores que discuten la reforma al artículo 15 de la ley del seguro social no deben dejarse sorprender por los empresarios mezquinos que han impulsado la simulación como una forma de vida en perjuicio de la nación.

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*Abogado, especialista en temas de justicia, profesor en la Universidad Autónoma Metropolitana.

08/MF/VR

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