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Emplaza CDHDF a PGJDF por caso Casitas del Sur

Por Narce Santibañez Alejandre

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF) emitió una dura recomendación con plazos de cumplimiento a la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), la Secretaría de Desarrollo Social local y el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF), por violar los derechos de la infancia y adolescencia en el albergue «La Casita del Sur».

La recomendación 4/2009, conformada por 24 puntos, señala que la CDHF, cuyo titular es Emilio Álvarez Icaza, acreditó en sus investigaciones que las instituciones del Gobierno del Distrito Federal (GDF) violaron los derechos de la niñez, derivados de la negativa, restricción u obstaculización para realizar las medidas de protección de las y los menores de edad que se requieren por parte del Estado.

Por esta razón, en sus primeras recomendaciones, la CDHDF enfatizó sobre la necesidad de avanzar en las averiguaciones previas relacionadas con las y los niños desaparecidos de «La Casita del Sur», en el plazo de un mes.

Asimismo, acusó a las autoridades locales de violar los compromisos internacionales, como la Convención de los Derechos del Niño, acordes al interés superior de la niñez, que en conjunto son acciones y procesos tendientes a garantizarun desarrollo integral y una vida digna a favor de las y los menores de edad.

Por ello, el organismo recomendó a la PGJDF, DIF-DF y a la Secretaría de Desarrollo Social local, dar una explicación pública del caso, («La Casita de Sur») y reconocer que no han ejercido eficazmente las facultades legales disponibles en el ámbito de su competencia, en un caso en el que son evidentes las violaciones a los derechos humanos en perjuicio de las niñas y niños.

NEGLIGENCIA Y FALTA DE COORDINACIÓN

El organismo señala que las autoridades capitalinas señaladas deben garantizar una adecuada legislación, diseñar y evaluar eficaz e integralmente la coordinación interinstitucional, además de supervisar a las instancias para el cuidado de la niñez, pues existe un problema estructural que sale la luz cuando las autoridades desconocen a la fecha el número exacto de las y los menores de edad que han desaparecido del albergue.

De acuerdo con los expedientes de las quejas presentadas en la CDHDF, la Fiscalía para la Seguridad de las Personas, el Centro de Apoyo de Personas Extraviadas y Ausentes (CAPEA), hasta el momento se tenía conocimiento de ocho menores de edad desaparecidos.

Sin embargo, a partir de la revisión de distintos archivos radicados en la Fiscalía Central de Investigación para Menores de la PGJDF, se detectó al menos otros tres casos de presuntas desapariciones, aunque no todos fueron canalizados por la Procuraduría capitalina a Casitas del Sur, señala la CDHDF.

En este contexto, la CDHDF destacó que a diferencia de los primeros siete casos, en estos últimos tres se detectó una falta de reacción inmediata de las instancias oficiales enteradas de la desaparición de niñas y niños, así como la descoordinación al interior de la PGJDF para intercambiar información y garantizar una respuesta inmediata.

El órgano que preside Emilio Álvarez Icaza también consideró que un plazo que no exceda de 3 meses, la Procuraduría debe realizar las acciones necesarias para establecer los lineamientos específicos para que en casos en que las y los menores de edad sean víctimas del delito y sea necesaria la separación de su núcleo familiar, sea la Fiscalía del Menor la instancia encargada de determinar medidas provisionales respecto a la situación jurídica de las niñas y los niños.

Al respecto, dicha Fiscalía, deberá garantizar se prevea que estos lineamientos establezcan la obligación de escuchar, en todos los casos que sea posible, tomando en consideración su edad y condición, la opinión de las niñas o niños afectados.

La desaparición de las niñas y los niños son una evidencia de la ausencia de políticas para la estricta supervisión de lo que se debe monitorear, señala la CDHDF.

Por ello, en su séptima recomendación, el Ombudsman determinó que en un plazo que no exceda de un mes se diseñe el contenido de un acta que —con las formalidades que se requieren— incluya la identificación, cargo y firma de quien se responsabiliza de los cuidados y atenciones las y los menores de edad que vayan a ser integrados al albergue, casa hogar o casa de asistencia social, en el que claramente se defina que la estancia de la niña o niño será temporal.

El documento de la CDHDF, reconoce las acciones realizadas por el procurador Miguel Ángel Mancera para el cumplimiento de mandamientos judiciales derivados de las averiguaciones previas relacionados con las y los niños bajo guarda y protección de la casa hogar Casitas del Sur, lo que permitió rescatar en enero pasado a 126 menores de edad.

Si embargo, señaló que se necesitan esfuerzos extraordinarios para localizar a las niñas y niños desaparecidos, identificar y sancionar a quienes resulten responsables por los hechos ocurridos en Casitas del Sur.

Ante ello, mientras se logra la ubicación de las y los niños, la CDHDF recomendó que se conforme un grupo de apoyo interdisciplinario que dé acompañamiento permanente de tipo psicológico, jurídico y social a las víctimas de las violaciones a derechos humanos y les brinde una reparación integral.

Y en un plazo que no exceda de tres meses se diseñe una base de datos común que permita identificar con claridad, la población que a partir de la fecha de la presente recomendación es integrada temporalmente a un albergue, casa hogar o casa de asistencia social —ya sean públicos o privados, con fecha de ingreso y/o egreso.

09/NSA/LAG/GG

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