Inicio En abril argumentarían contra misógina Ley del ISSSTE

En abril argumentarían contra misógina Ley del ISSSTE

Por Hypatia Velasco Ramírez

Las primeras audiencias sobre los amparos presentados por trabajadoras y trabajadores ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) con respecto a la nueva Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) están siendo favorables, pues implican la suspensión provisional de la legislación para las y los demandantes.

De acuerdo con la diputada federal Rosario Ortiz, al otorgar la suspensión provisional se está dando la pauta para que jurídicamente se puedan presentar con mayor amplitud las pruebas que demuestran la violación de esta legislación contra las y los trabajadores del Estado.

Asimismo, la también integrante de la Comisión de Seguridad Social en la Cámara de Diputados señaló que además de la suspensión provisional ya comienzan a darse también las fechas para las audiencias constitucionales, en donde será posible presentar las justificaciones de los amparos y profundizar en las violaciones que se presentaron en éstos últimos.

Según el Consejo de la Judicatura Federal existen actualmente 167 mil 327 y con la suspensión provisional, explicó Ortiz Magallón, la nueva Ley no puede ser aplicada sobre las y los trabajadores que han presentado un amparo. No obstante, la suspensión es provisional pues no se aplicará hasta que un juez determine lo contrario.

ABRIL PARA LAS MUJERES

En ese sentido, Ortiz Magallón también explicó que de lograr que la SCJN visibilice para el mes de abril de 2008 las violaciones de la ley hacia las mujeres, entonces «podríamos avanzar más rápido en comprobar por qué es discriminatoria y excluyente para las mujeres y no les garantiza una pensión, con todos los argumentos que implican los convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) podríamos dar una pelea muy fuerte».

Esta Ley, según la feminista, afecta en su mayoría a la población femenina, toda vez que ésta representa el 54 por ciento de las y los trabajadores al servicio del Estado y se desempeña principalmente en áreas como la enfermería, la administración y la docencia.

Y «si comprobamos que esta ley impacta más a las mujeres violando en mayor medida sus derechos, buscaremos una estrategia jurídica para que el juez pueda tomar en cuenta esta situación en su resolución final, indicó la legisladora».

ANTICONSTITUCIONAL

Igualmente, subrayó que si en las audiencias constitucionales, donde se establecerá si se abroga o no la ley, se determinara que no son válidos los argumentos presentados para demostrar que la Ley incurre en violaciones al Artículo 123 Constitucional se pedirá a la SCJN una revisión de los amparos «e iremos hasta la última instancia». Sin embargo, esto implica alargar más el proceso, especificó.

Por su parte, la Coordinadora de Trabajadores y Organizaciones en Defensa del ISSSTE (CTyOD-ISSSTE) señaló en un comunicado que la Segunda Sala de la SCJN resolvió que, respecto a la ley, se deben aplicar los principios del derecho laboral.

«La resolución fruto del trabajo de los abogados de la CTyOD-ISSSTE, beneficiará a cientos de miles de trabajadores amparados ya que será el derecho laboral y los principios que le son inherentes los que se apliquen, y no el derecho administrativo», apunta el comunicado.

Y explica: «la diferencia es que el derecho administrativo aplica un derecho entre «iguales», en donde si existe un error en el planteamiento, formulación, exposición, acreditación de personalidad, interés jurídico, carencia en la petición, o en el ofrecimiento de pruebas, es responsabilidad de los amparistas (trabajadores).

«Y si no cubren perfectamente todos los datos, ofrecen y acompañan las pruebas y desahogan las prevenciones en tiempo y forma por deficiencias de sus abogados, los amparos y peticiones serán rechazados».

«Mientras que el derecho laboral aplica principios jurídicos como la suplencia de la deficiencia de la queja ?Artículo 76 bis, fracción IV de la Ley de Amparo-, o el principio jurídico que señala que en caso de duda se estará a la interpretación más favorable al trabajador, entre otros varios principios y características del derecho procesal laboral».

Lo anterior, refiere el comunicado, implica un triunfo de los abogados de la CTyOD-ISSSTE y que «señala el camino para la aplicación de la Ley laboral y no la administrativa».

Finalmente, de acuerdo con José Cardoza, abogado integrante de la CTyOD-ISSSTE, la audiencia constitucional será el día 26 mayo de 2008.

Mientras se da una resolución sobre la abrogación o no de la Ley, el día 4 y 5 de octubre del presente año se llevará a cabo en la Cámara de Diputados el Encuentro sobre las Reformas al ISSSTE, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y la Protección Social al Trabajo.

En dicho encuentro estarán presentes legisladoras y legisladores, trabajadoras y trabajadores y abogados para evaluar los procesos de demandas de amparo que se presentaron en contra de esta Ley del ISSSTE y las propuestas para la organización de las o los trabajadores con o sin seguridad social.

Además de que se presentará la iniciativa para restituir los derechos de las y los empleados públicos y sus familias, así como la estrategia para lograr el refinanciamiento de la seguridad social y ampliar la protección social de las y los mexicanos que carecen de ella.

07/HVR/GG

Este Web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecerle una mejor experiencia y servicio. Al navegar o utilizar nuestros servicios el usuario acepta el uso que hacemos de las cookies. Sin embargo, el usuario tiene la opción de impedir la generación de cookies y la eliminación de las mismas mediante la selección de la correspondiente opción en su Navegador. En caso de bloquear el uso de cookies en su navegador es posible que algunos servicios o funcionalidades de la página Web no estén disponibles. Acepto Leer más

-
00:00
00:00
Update Required Flash plugin
-
00:00
00:00
Ir al contenido