La iniciativa de decreto que presentará la Comisión de Equidad y Género el próximo mes de marzo durante el periodo ordinario de sesiones de la Cámara de Diputados, establece diversas modificaciones al Código Electoral de Instituciones y Procedimientos Electorales (Cofipe), en materia de equidad y género en la participación política.
Entre las propuestas de reforma, destaca el numeral 3 del artículo 175 que establece que «los partidos políticos promoverán y garantizarán una mayor participación de las mujeres en la vida política del país, a través de su postulación a cargos de elección popular.»
El artículo 175, inciso A y B incluye que las listas completas de candidatos y senadores por los principios de representación proporcional y mayoría relativa no tendrán más de 70 por ciento de candidatos propietarios y suplentes de un mismo género.
Entre las sanciones a que se harían acreedores los partidos políticos que incumplan dichas disposiciones, se encuentran «el apercibimiento del Consejo General para que en el lapso de cinco días rectifique y compensen la lista plurinominal, de lo contrario se les negará el registro.
Asimismo, la iniciativa agrega un artículo sexto transitorio, el cual indica que «lo dispuesto en los artículos 175 A y 175 B de este ordenamiento, se aplicará sin menoscabo de mayores avances que los partidos políticos tengan en la integración de sus candidaturas con relación a la equidad entre los géneros».
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