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Entregan firmas a Asamblea Legislativa de El Salvador para despenalizar aborto

Por Aline Espinosa Gutierrez
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La “Agrupación Ciudadana por la despenalización del aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico” junto con más de 30 organizaciones salvadoreñas e internacionales, exigieron a la Asamblea Legislativa de El Salvador reabrir el debate sobre la despenalización del aborto para garantizar servicios de salud pública y condiciones seguras a las mujeres.

En entrevista con Cimacnoticias, la representante de la “Agrupación Ciudadana”, Morena Herrera, comentó que la semana pasada se entregó una carta con más de 200 mil firmas ante la Asamblea Legislativa para exigir que la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales genere un dictamen favorable para despenalizar el aborto.

Actualmente hay dos iniciativas, una que demanda reformar el Código Penal (CP) para armonizarlo con la “Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres” y la “Ley de Igualdad, Equidad y Erradicación de la discriminación contra la Mujer” y que pide la despenalización por 4 causales.

La segunda iniciativa solicita reformar el CP, con base en los Artículos 1 y 2 de la Constitución Política del país, donde se “refieren a la vida como un derecho fundamental garantizado a toda persona” y se reconoce a “todo ser humano desde el instante de la concepción”…()… “con el fin de proporcionar la pena de violación a un bien jurídico digno de tutela penal como es la vida prenatal”, que penaliza a quienes faciliten los medios para llevar a cabo un aborto.

La primera iniciativa – presentada por la diputada del Frente Farabundo Martí para la Liberación Nacional (FFMLN), Lorena Peña- plantea anexar al artículo 133 del Código Penal un apartado “A”, el cual permita legalizar el aborto con el consentimiento de las mujeres en cuatro causales:

cuando corra riesgo su vida (para este efecto deberá presentarse un dictamen médico con el consentimiento de la mujer); cuando el embarazo sea producto de una violación sexual o trata de personas; cuando exista malformación del feto que haga inviable la vida extrauterina; y en el caso de menores de edad, por violación y estupro, el cual podrá ser realizado con consentimiento de la menor de edad con autorización de sus padres o tutores legales, de acuerdo con lo establecido en el Art. 18 de la Ley de Protección Integral de la Niñez y Adolescencia (Lepina).

La segunda iniciativa –presentada por el diputado de la Alianza Republicana Nacionalista, (ARENA) Johnny Wright- propone reformar el texto del artículo 133, de la siguiente forma: “El que provocare un aborto con el consentimiento de la madre o la mujer que provocare su propio aborto o consintiere que otra persona se lo practicare, serán sancionados con prisión de treinta a cincuenta años”.

Al artículo 139 del CP, se añada que de las “lesiones descritas” en el Art. 133 cuando estas “se produjeren como consecuencia del ejercicio de una profesión o actividad médica o paramédica, se impondrá, además la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de tal profesión o actividad por un término de seis meses a dos años” se excluya de la penalización a las mujeres en gestación.

La propuesta también propone reformar los artículos 373 y 374 del CP para sancionar a las personas que de manera ilegal vendan o suministren sustancias o productos que provoquen la interrupción del embarazo, con penas de 1 a 3 años de prisión.

En el caso de las personas que anuncien procedimientos, medicamentos, sustancias y objetos destinados a provocar aborto no serán multados económicamente, sino sancionados con prisión de 6 meses a 2 años.

Las dos inactivas deberán ser aprobadas por la Asamblea Legislativa para que entren en vigor ocho días después en el Diario Oficial.

PROHIBICIÓN TOTAL IGUAL A MUERTE MATERNA

La defensora Moreno Herrera dijo que la prohibición absoluta del aborto ha conllevado a un aumento en los números de mortalidad materna. “Cuando el embarazo es producto de una violación el Estado obliga a las mujeres a seguir con el embarazo. El envenenamiento y el suicidio son las primeras causas indirectas de muerte materna en adolescentes”.

Cabe recordar que el aborto en este país estaba permitido hasta 1998 (cuando se reformó el Código Penal para penalizarlo) por 3 causales: por violación o estupro, riesgo para la vida y por malformación grave del feto.

A la par, en 1999, se reformó el artículo 1º de la Constitución salvadoreña para reconocer “a la persona humana desde la concepción.”

En 2016, de acuerdo con datos de la Policía Nacional Civil del país, se recibieron 3 mil 947 denuncias por delitos sexuales: 47 fueron por violaciones, la mayoría de ellas correspondían a menores de15 años de edad.

Morena Herrera señaló que la Unión Médica Salvadoreña por la Salud y vida de las Mujeres -agrupación de médicos y médicas de diversas especialidades-  se ha incorporado a la labor de generar y difundir información científica que explique el impacto de la penalización absoluta del aborto y la necesidad de cambiar la Ley.

Esta Unión Médica, dijo, ha realizado conversatorios con profesionales de la salud -nacionales e internacionales- para exigir crear leyes que garanticen la seguridad jurídica de su profesión. De acuerdo con el Artículo 135 del CP se  penaliza de 6 a 12 años de prisión e inhabilitación de sus facultades al médico o personas auxiliares que realicen un aborto.

La Agrupación Ciudadana exigió al Estado salvadoreño garantizar a las mujeres respeto, protección y garantías de sus Derechos Humanos, así como la libertad inmediata de todas las mujeres encarceladas por cargos relativos a complicaciones del embarazo y garantizar a todas las mujeres el acceso a un aborto seguro y legal en las cuatro causales propuestas.

RESTRICCIONES NO ABATEN CIFRAS

La organización internacional Amnistía Internacional estima que al menos 27 mujeres continúan encarceladas por tener un aborto. “Las castigadas proceden, de manera desproporcionada, de entornos empobrecidos, en los que apenas tienen acceso a educación, atención médica o justicia”.

La organización explicó que las mujeres con abortos espontáneos o por complicaciones son “habitualmente sospechosas de haberse practicado un aborto. Los fiscales suelen acusarlas de homicidio u homicidio agravado”, delitos con pena de prisión de hasta 50 años.

La investigación “Excluidas, Perseguidas, Encarceladas: Impacto de la criminalización del aborto en El Salvador” realizada por la “Agrupación Ciudadana por la despenalización del aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico” evidenció que de 2000 a 2011, 129 mujeres fueron procesadas por aborto u homicidio agravado, 88 tenía entre 18 y 25 años.

De los 129 casos, la mayoría de las denuncias provenían de hospitales públicos o del Instituto Salvadoreño del Seguro Social (ISSS) con 74; 13 por vecinos; 11 por la familia directa y 6 por anónimos.

La investigación revela cómo la criminalización absoluta del aborto genera estigmas contra las mujeres y violaciones a sus Derechos Humanos en tres niveles: el sector de salud, judicial y penitenciario. “El estigma que existe alrededor del aborto ha hecho que deje de considerarse como una práctica médica necesaria en determinados casos”.

Al ser considerara una práctica ilegal, no se tienen registros del número de muertes por complicaciones en el embarazo o abortos, señala el estudio.

18/AEG/LGL

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