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Es derecho de las víctimas de violación practicarse un aborto: ministro Castro

Por Sonia del Valle

Una mujer que es víctima del delito de violación, «tiene el derecho a practicarse el aborto si así lo decide», señaló el ministro Juventino Castro Castro, al momento de emitir los argumentos a favor de que el Ministerio Público sea la autoridad encargada de autorizar dicho procedimiento quirúrgico.

El ministro Castro Castro sostuvo que durante años, desde que se aprobó eliminar la acción penal en contra de una mujer embarazada víctima de violación, «ha sucedido que al no existir una normatividad al respecto, nadie se hacía responsable de garantizar dicho derecho a las mujeres».

Tal fue el caso de la niña en Baja California, –al referirse a Paulina, una menor que fue violada y obligada a ser madre— quien luego de presentar la denuncia por violación y conocer que estaba embarazada, no pudo hacer uso de este derecho, por no existir el procedimiento a seguir regulado por el derecho penal.

Por tanto, dijo en el caso de Paulina, mientras las autoridades discutían quien estaba facultado para darle la autorización, el producto de esa concepción creció, día con día, hasta que fue imposible que ella pudiera abortar.

Justamente por lo anterior, señaló Castro Castro, es que se planteó en la reforma al Código de Procedimientos Penales del Distrito Federal, en su artículo 131 bis, que el Ministerio Público autorice en un término de 24 horas la interrupción del embarazo, si así lo decide la mujer. «Es decir, quedó establecido también la rapidez con que el problema requiere ser atendido».

Y recordó: «El aborto por violación no está a discusión aquí. Eso está firme y aprobado en todos los estados de la República».

En sentido contrario, el ministro Sergio Aguirre Anguiano, uno de los principales opositores a las reformas al Código Penal y de Procedimientos aprobadas por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) en agosto del 2000, señaló que «no es apropiado, ni justo, hablar en este caso de la violación».

Así que con la mente fría, dijo, y tomando en cuenta los principios jurídicos que se analizan, «no se puede permitir que el Ministerio Público autorice la muerte del producto», porque, a su entender, esto está tipificado como delito. Indicó igualmente que es «falso», que la Constitución garantice el derecho a la maternidad libre.

Por su parte, el ministro Juan Díaz Romero, quien también votó a favor de la inconstitucionalidad del mencionado artículo del Código de Procedimientos, dijo que darle la facultad al Ministerio Público para autorizar la interrupción del embarazo, equivale a poner un letrero en sus oficinas que diga «aquí se remedian las consecuencias de la violación».

Y sostuvo, al igual que el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia, «que con este artículo se abre la puerta a la despenalización del aborto».

Ortiz Mayagoitia incluso preguntó: «¿quién protege los derechos del ser en gestación? Y mencionó que «no es conveniente que los intereses del ser en gestación, queden bajo los intereses de la madre».

Por lo que propuso que autorizar el aborto en estos casos «debe tener como respaldo la certeza de que el embarazo es producto de la violación y el violador es el padre». No olvidemos, dijo, el caso de Paulina, que a pesar de que el día de ayer se ratificó la sentencia de 30 años al violador, «resulta ser que éste no es el padre de su hijo».

A pesar de todos los argumentos en contra de que el Ministerio Público sea la autoridad encargada para garantizar que una mujer haga uso de su derecho a interrumpir un embarazo, las consideraciones finales sobre el tema a favor vinieron por parte del ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Genaro Góngora Pimentel.

Góngora Pimentel dejó en claro que la Constitución protege el derecho a una maternidad libre y voluntaria, el derecho a la salud de la madre y sobre todo, el derecho de las víctimas a ser asistida médica, jurídica y psicológicamente, como parte de la reparación del daño que el delito les ocasiona.

Con todo, los artículos impugnados por el Partido Acción Nacional (PAN) quedaron como estaban, luego de que se analizó la acción de inconstitucionalidad por más de un año y medio.

       
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