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Falta protección y prevención contra explotación sexual infantil

Por la Redacción

La ausencia de un sistema integral de protección, prevención y justicia para las víctimas de la prostitución sexual infantil propicia la proliferación de mecanismos y canales de distribución de este tipo de comercio, aseveró el director general de Educación y Promoción de los Derechos Humanos de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), Daniel Ponce Vázquez.

En el marco del Día Internacional Contra la Prostitución Infantil, que se celebra hoy, informa la Comisión en un boletín, el funcionario agregó que los cuerpos policíacos no cuentan con la capacitación para atender a las niñas y niños en esta situación, por lo menos de manera diferenciada con respecto a los adultos que ejercen la prostitución.

Tras señalar que «se requieren acciones de otro orden que no criminalicen a los muchachos», agregó que en la parte preventiva, se debe considerar que «los menores (de edad) no llegan solitos a ejercer la actividad, hay un comercio planeado, alguien se está enriqueciendo, hay un enganchador, hay comercio, hay hoteles, hay servidores públicos de Seguridad que no están haciendo su tarea, el mercado es muy poderoso».

Al respecto, adelantó que ya próximo a su publicación, el Informe Especial de la CDHDF sobre el fenómeno, identifica y constata los sitios donde se ejerce la prostitución infantil, además de las loncherías y comedores de operadores de camiones, en general en todo el país.

De acuerdo con lo anterior, se ubican en la ciudad lugares como La Merced; la Alameda Central, el Metro Hidalgo y sus alrededores, la avenida San Pablo y los Callejones de Santo Tomás y Manzanares, la Zona Rosa, el Metro Zaragoza, el Metro Indios Verdes, la Central Camionera, la Villa, centros nocturnos de Iztapalapa, la Central de Abastos y la Calzada de Tlalpan.

Sobre la zona específica de La Merced, Ponce Vázquez señaló que «la Comisión tiene identificado hasta el hotel donde se prostituyen las niñas, pero curiosamente no existe para las autoridades».

El Informe se alimenta de los testimonios y análisis de investigadores y miembros de Organizaciones de la Sociedad Civil, además de documentos sobre casos específicos.

El funcionario dijo que al no existir una acción coordinada entre quien debe procurar protección y quien proporcione seguridad a esas niñas y niños, «es de suponer, entonces, que ciertas áreas de seguridad pública no están haciendo su trabajo, sino que se están volviendo, por acción o por omisión, copartícipes del fenómeno en la ciudad».

Por otro lado, reconoció que, a diferencia de anteriores administraciones, el gobierno de Marcelo Ebrard sí ha considerado la opinión y el trabajo de las organizaciones civiles y ha retomado las reuniones de las dependencias en torno al maltrato y abuso infantil.

Sin embargo, lamentó y consideró como una mala señal que a pesar de que el Senado y la Cámara de Diputados ya aprobaron la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y a las reformas a los Códigos Penal Federal y de Procedimientos Penales, para combatir la explotación sexual infantil y castigar los delitos de corrupción de infantes, la trata de niñas y niños, la pornografía infantil y el turismo sexual, el Ejecutivo no la haya publicado y por lo tanto no puedan entrar en vigor.

EXPLOTACIÓN SEXUAL COMERCIAL INFANTIL

La explotación sexual comercial infantil (ESCI) es uno de los tipos de maltrato infantil en los que existen contactos e interacciones entre una niña o niño y una adulta o adulto, quien usa a la niña o niño para estimularse sexualmente, a la niña o niño o a otra persona. El abuso puede ser cometido también por un menor de 18 años, pero significativamente mayor que la víctima o, si el agresor está en una posición de poder o control sobre la niña o el niño, según el documento «Abuso sexual infantil: manual de formación para profesionales» de la organización Save the Children.

La organización internacional no gubernamental señala también que el abuso sexual implica cualquier forma de contacto físico con o sin acceso carnal, con o sin contacto físico realizado con violencia, intimidación o consentimiento; puede incluir penetración vaginal, oral y/o anal; penetración digital, caricias o proposiciones verbales explícitas y se manifiesta en: Agresión sexual, como cualquier forma de contacto físico; Exhibicionismo, categoría sin contacto físico; y Explotación Sexual Infantil, donde el abusador persigue un beneficio económico, como prostitución y pornografía, equiparable con el comercio sexual infantil, en la que existen tráfico, turismo, prostitución y pornografía infantiles.

PUBLICACIONES Y ACCIONES

La CDHDF, en colaboración con el Instituto de las Mujeres del Distrito Federal (Inmujeres-DF), la Secretaría de Educación Pública (SEP) y el Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia del DF (DIF-DF) editó y difunde conjuntamente el Cuadernillo de prevención contra la explotación sexual comercial infantil.

A través de este Cuadernillo se informa y se pretender evitar que más infantes sean víctimas de esta actividad ilícita, además de que la sociedad tome conciencia y genere acciones que detengan el delito.

Tan sólo en el ciclo escolar 2006-2007, la CDHDF ha distribuido 261 mil 807 ejemplares del Cuadernillo, en 914 escuelas secundarias públicas del Distrito Federal, entre alumnas, alumnos, maestras, maestros, orientadores, directivos e inspectores, quienes también recibieron la capacitación correspondiente.

De manera reciente, la Comisión publicó el número 6 de la colección de Cuadernos para la educación en derechos humanos, «Maltrato y abuso sexual infantil. Curso de prevención desde los derechos de la niñez», donde propone la educación para la paz y la resolución no violenta de conflictos como alternativas de acción y prevención que sensibilicen y promuevan la participación de los diferentes actores involucrados en el fenómeno.

«Maltrato y abuso sexual infantil. Curso de prevención desde los derechos de la niñez», permite una aproximación directa a los resultados más recientes de investigaciones nacionales e internacionales y a foros especializados en la materia, además del contacto con mujeres y hombres interesados en conocer y ampliar su visión respecto al maltrato.

Además, la Dirección General de Educación y Promoción de Derechos Humanos publicará próximamente el Manual del Curso de Prevención del Maltrato y Abuso Sexual Infantil, desde los Derechos de los Niños, que buscará compartir con otras instituciones.

Aunque en 1989 la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Convención de los Derechos de las Niñas y los Niños, en 1990 la conciencia internacional acerca de la explotación sexual comercial infantil (ESCI) obligó a la creación de un Relator Especial sobre la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niñas y niños en la pornografía, para que en todo el mundo se investiguen este fenómeno, presente informes ante la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas y formule recomendaciones para la protección de los derechos de las víctimas.

México firmó y ratificó el Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos de la Infancia relativo a la venta de niños, prostitución infantil y la utilización de niñas y niños en la pornografía.

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