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Foro de consulta sobre Ley de Trabajo Sexual

Por Facundo Reza

Las comisiones unidas de Derechos Humanos, Equidad y Género y Asuntos Laborales y Previsión Social de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF) realizarán el Foro de Consulta sobre la Iniciativa de Ley de Trabajo Sexual.

El evento tendrá lugar los días 25 y 26 de julio en el Museo de la Ciudad de México y tiene el propósito de perfeccionar la ley y buscar el consenso de las partes involucradas para que se proteja a este grupo vulnerable de la sociedad.

En ese sentido, el presidente de la Comisión de Derechos Humanos de esa instancia legislativa, Julio César Moreno Rivera, explicó que es importante crear un marco legal que fomente los derechos y obligaciones de los trabajadores del sexo, así como la fijación de los requisitos para el ofrecimiento y ejercicio de esta labor.

Asimismo, la delimitación de zonas de tolerancia en donde podrán ofrecer sus servicios, en perímetros previamente fijados o reconocidos por la Secretaría de Gobierno, en coordinación con las delegaciones, «los cuales deberán situarse a no menos de 300 metros lineales de escuelas, unidades habitacionales, hospitales, parques e Iglesias», agregó.

Moreno Rivera informó que al foro asistirán representantes de la Organización de Estados Americanos (OEA), del Instituto de Mujeres del Distrito Federal (Inmujeres-DF), jefes delegacionales, de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF), así como integrantes de Organizaciones No Gubernamentales, entre otras.

El integrante de la fracción parlamentaria del Partido de la Revolución Democrática (PRD), señaló que se establecerán las facultades y obligaciones de los órganos del Distrito Federal, tales como el Ejecutivo local, las secretarías Desarrollo Social, Salud, Seguridad Pública, el Instituto de las Mujeres y las delegaciones, que tendrán a su cargo la aplicación de la Ley.

Por último, Moreno Rivera dijo que la ley contempla que al servidor público que detenga o remita ante el juez de manera injustificada a las o los trabajadores sexuales que habiendo cumplido con los requisitos de ley, se encuentren laborando al momento de su detención, se le sancionará con arresto y multa hasta por 100 días de salario mínimo.

05/FR/GM

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