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Impiden en BCS aborto por violación a joven migrante jornalera

Por Gema Villela Valenzuela
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A 17 años del caso Paulina en Baja California, ocurrió otro similar con una joven jornalera de 18 años de edad quien fue víctima de violación y rapto en Baja California Sur, a quien le negaron el derecho a la salud, a interrumpir legalmente su embarazo y otros derechos que tiene como víctima de delito sexual.
 
El caso Paulina, de Baja California, una niña de 13 años que fue víctima de violación sentó precedentes para las víctimas de delitos sexuales en México. En 1999 ya se contaba con el derecho de interrumpir el embarazo por ser víctima de violación, pero autoridades estatales, así como asociaciones civiles Provida, le negaron ese derecho, al anteponer ideologías conservadoras y religiosas.
 
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) revisó el caso de Paulina y logró un acuerdo amistoso que fue firmado por el Estado mexicano para la no repetición de los hechos. Además se elaboró la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM-046) para la prevención y atención de víctimas de violencia familiar, sexual y contra las mujeres.
 
A 17 años de este hecho, un caso similar sucedió en Baja California Sur, en donde una joven jornalera de 18 años, que proviene de una familia migrante y vive en situación de pobreza, fue víctima de violación y rapto por parte de un hombre mayor que ella.
 
En entrevista telefónica con Cimacnoticias, el presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) de Baja California Sur, Silvestre de la Toba Camacho, confirmó que la joven fue revictimizada al denunciar su caso, por funcionarias y funcionarios que trabajan en el Ministerio Público de La Paz y por personal de la Secretaría de Salud de esa ciudad.
 
Los derechos que le negaron son a la salud, a la interrupción legal del embarazo, el derecho a su testimonio, entre otros, ya que de la Toba Camacho narró que la joven tuvo que hacer ampliación de su denuncia porque los funcionarios del Ministerio Público “tenían dudas” sobre las fechas en las que la joven dijo que había sido violada.
 
En la ampliación de su denuncia, la joven mencionó que antes de la violación y rapto que había denunciado ante el MP, ya había sido víctima de violación por parte del mismo sujeto, pero no lo denunció en su momento.
 
El presidente de la CEDH de Baja California Sur, precisó que por el momento la investigación permanece abierta, pero no descartó que emita una recomendación a la Secretaría de Salud estatal y al Ministerio Público.
 
En entrevista con Cimacnoticias, la senadora Martha Tagle criticó el desconocimiento por parte del personal de salud respecto a la NOM 046, que los obliga a brindar atención a las víctimas de violencia sexual y a practicar la interrupción del embarazo de manera segura, y recordó que a la fecha hay varias propuestas de controversias constitucionales por la Norma, lo que significa un retroceso para las víctimas de violencia sexual.
 
Cabe recordar que este año Aguascalientes presentó ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación una controversia constitucional por la misma normativa.
 
Por ello, la Comisión Permanente del Congreso de la Unión emitió la semana pasada, tres puntos de acuerdo; los dos primeros dirigidos al Procurador de Justicia del estado de Baja California Sur, Erasmo Palemón Alameda Villeda, para que aplique sanciones a las y los funcionarios públicos que obstaculizaron o negaron los derechos a la joven, y para que garantice en lo sucesivo, los derechos de las víctimas de violencia sexual.
 
También solicitan a la Directora del Instituto Sudcaliforniano (ISM) de la Mujer, Cristina Herrera, que investigue y sancione al personal que otorgó información sesgada a la joven víctima de violación sexual.
 
Y es que según el resumen del caso expuesto en los puntos de acuerdo, un abogado del área jurídica del ISM, realizó varias llamadas a la joven para persuadirla de no abortar, ya que el aborto en la entidad le dijo, es un “delito.” El Código Penal de la entidad en su artículo 156 establece como causal el aborto por violación.
 
"Las y los prestadores de servicios de salud y otros funcionarios públicos deben estar conscientes de que el acceso de las mujeres a la salud, incluyendo la salud reproductiva, es un derecho humano y, como tal, no está a discusión ni depende de las creencias particulares. El acceso a la interrupción del embarazo por
violación es un principio fundamental de respeto a la autonomía de las mujeres", concluyeron las y los senadores firmantes, entre los que se encuentran Martha Tagle, Diva Hadamira Gastélum, Angélica de la Peña y Jesús Casillas Romero, Gabriela Cuevas Barrón.
 
En la cronología de hechos de la Comisión Permanente, precisan que la joven acudió el 25 de marzo del 2016 a interponer su denuncia ante el Ministerio Público de La Paz. Ahí una funcionaria especializada en Delitos Sexuales, tomó su declaración y no le suministró antirretrovirales (para prevenir infección por VIH), ni le proporcionó información sobre la interrupción legal del embarazo a la que tenía derecho, como lo establece la Ley General de Víctimas, el Código Penal vigente en el estado y la NOM-046.
 
“Por el contario, la MP le comentó que si estaba embarazada y se llegaba a hacer algo o a tomar hierbas para abortar, el aborto es un delito y se le iba a perseguir por ello", señalan en el documento.
 
La joven solicitó una prueba de embarazo y al recibir el resultado positivo, la MP le explicó que el aborto "es un delito", pero que podía dar en adopción al "bebé" y que la podían contactar con una asociación civil Provida que se encarga de adopciones en esos casos.
 
"A la joven víctima se le practicaron entrevistas psicológicas, 4 ultrasonidos y dos exámenes médicos en relación a su estado de embarazo, pero la MP no solicitó la interrupción del embarazo de manera oportuna como debe ser en los casos de víctimas de violación sexual (…), en esas semanas la joven estuvo
siendo acosada, incluso llegaron policías ministeriales, interrogando y amedrentando a sus padres respecto al "delito de aborto", indican en el documento.
 
Funcionarios del área jurídica del  Instituto Sudcaliforniano de la Mujer y del Hospital General de la Secretaría de Salud, le hablaron respecto a los "peligros" de practicarse un aborto haciendo énfasis en que era un delito" y le dieron información “sesgada” acerca de las consecuencias de una posible interrupción del embarazo,
incluyendo la mención de una "histerectomía (quitar el útero) o posibilidad de muerte”.
 
Tuvieron que pasar 6 semanas desde que se levantó la primera denuncia de violación de los derechos de la víctima, para que el
MP solicitara formalmente al Hospital General de la Secretaría de Salud, Juan María de Salvatierra, la interrupción legal del embarazo para la joven.
 
Sin embargo, ésta recibió apoyo por parte de asociaciones civiles feministas que operan en Baja California Sur y en la Ciudad de México, a donde fue trasladada con pago de viáticos para que le practicaran la interrupción legal del embarazo de manera segura.
 
GVV/16/LGL

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