Las agencias del Ministerio Público carecen de sensibilidad y preparación para atender casos de violencia intrafamiliar, en particular hacia niños y niñas, afirmó hoy el subdirector jurídico del Instituto Nacional de Pediatría, (INP), José María del Pando.
Del Pando, subdirector jurídico de este hospital y Centro de investigación, dijo a Cimacnoticias que los agentes del Ministerio Público no siempre están sensibilizados en los asuntos del maltrato infantil, de los que detectan 25 por año.
El INP cuenta con el Centro de Atención Integral para el Niño Maltratado y tiene experiencias diferentes que otros hospitales puesto que el personal está sensibilizado y el instituto acude a la Fiscalía de Menores para denunciar, detalló.
En el simposio Novedades Clínicas, Sociales y Jurídicas en la Asistencia del Niño Maltratado, que inició ayer miércoles y termina mañana viernes, afirmó que «deja más un accidente de tránsito que atender a un menor maltratado» para la justicia local.
Del Pando recalcó que el Ministerio Público está obligado a recibir cualquier denuncia y convocó a los casi 100 asistentes a que fomenten la cultura de la denuncia.
Recordó que la Norma Oficial Mexicana 190 SSA 2-1999 obliga a todo el personal de salud, incluyendo médicos escolares, a notificar la violencia familiar. En tanto que la Ley General de Salud hace obligatorio reportar todo tipo de lesiones en sus pacientes.
Reconoció que en el sector público se denuncia con mayor frecuencia que en los servicios de salud de carácter social o privado aunque la obligación es la misma para todos.
José María del Pando, celebró que las reformas al nuevo Código Penal para el Distrito Federal castigan hasta con tres años a aquellos médicos forenses que omitan datos en sus informes.
El funcionario dijo a Cimacnoticias que según la legislación federal vigente el maltrato infantil se puede castigar como violencia familiar sin lesiones que puede costar al agresor hasta cuatro años de prisión, además del pago de los tratamientos sicológicos y médicos. A esto, se suman las penalidades en su caso por lesiones o por violación.
2003/MR/MEL
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