Inicio «Insuficiente» iniciativa calderonista sobre fuero militar: AI

«Insuficiente» iniciativa calderonista sobre fuero militar: AI

Por Anayeli García Martínez

Luego de que ayer Felipe Calderón enviara al Senado una iniciativa de reforma al artículo 57 del Código de Justicia Militar que excluye de la jurisdicción militar los delitos de desaparición forzada, tortura y violación sexual, pero sin eliminar el fuero castrense, organizaciones civiles manifestaron su rechazo a este proyecto que calificaron de «insuficiente».

De acuerdo con el proyecto, los militares que cometan los delitos de desaparición forzada, violación y tortura, serán juzgados por tribunales civiles, pero el resto de los crímenes cometidos por soldados serán investigados y juzgados por tribunales militares.

Al conocer el contenido de esta iniciativa Amnistía Internacional (AI) y la Oficina en México del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH); y centros de derechos humanos lamentaron la insuficiencia de esta reforma.

Para AI la reforma es «insuficiente» pues no cambia la forma en que las alegaciones de abusos se investigan. Además indicó que las investigaciones penales podrían seguir siendo atendidas por la jurisdicción militar.

Por tal razón instó a las y los legisladores a alcanzar consenso en una modificación que reúna los elementos señalados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) en la sentencia contra el Estado mexicano por el caso del activista Rosendo Radilla.

«Sólo así el Congreso demostrará su compromiso para garantizar que no exista más impunidad en casos de abusos graves a los derechos y México cumplirá sus obligaciones en la materia», señaló el organismo.

Además -precisó- que hay casos documentados en que miembros del ejército han estado implicados en delitos como ejecución extrajudicial y tortura, delitos que no se contemplan en la reforma y por lo cual tales casos no llegarán a la justicia civil para ser investigados y procesados de manera «imparcial e independiente», afirmó AI.

En tanto, la OACNUDH, consideró que este es un paso necesario para afirmar la voluntad política del gobierno mexicano, aunque dijo no será suficiente con el «muy limitado catálogo de exclusiones que se incorporan a la iniciativa».

Al igual que AI, hizo un llamado para que el Congreso de la Unión inicie un debate para que se garantice que todas las violaciones a derechos humanos cometidas por elementos de las fuerzas armadas sena investigadas y juzgadas en tribunales civiles.

NO SE CUMPLEN CON SENTENCIAS

Por su parte los Centros de Derechos Humanos Fray Bartolomé de Las Casas, Fray Francisco de Vitoria, Miguel Agustín Pro Juárez, Tlachinollan y el Centro de Derechos Humanos de las Mujeres de Chihuahua, entre otros, también se pronunciaron contra esta iniciativa.

Afirmaron que aún con la aprobación de esta iniciativa, el Estado mexicano no satisface las exigencias derivadas de sus obligaciones internacionales en materia de derechos humanos, incluyendo las sentencias emitidas por la CoIDH por los casos de las indígenas tlapanecas violadas por militares en 2002 Inés Fernández y Valentina Rosendo. Ante ello –precisaron– que se trata de una iniciativa «incompleta y lesiva (perjudicial)».

De acuerdo con las organizaciones la iniciativa presidencial mantiene sin alteración las condiciones que favorecen la impunidad en los abusos cometidos por personal castrense contra la población civil. «Las modificaciones propuestas no satisfacen plenamente la necesidad de armonizar la legislación interna con los compromisos internacionales», afirmaron.

Asimismo hicieron énfasis en que este proyecto no pueden ser considerado parte del cumplimiento de las obligaciones del Estado mexicano que se desprenden de las tres sentencias que precisan que el fuero militar no es competente para juzgar, bajo ninguna circunstancia, ningún delito cometido por elementos de las fuerzas armadas en el que estén involucrados civiles.

Pese a estas reacciones, la iniciativa de reforma al Código de Justicia Militar, que también contempla reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, el Código Penal federal, el Código Federal de Procedimientos Penales y la Ley que establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, fue turnada a las comisiones unidas de Justicia y Estudios Legislativos Primera para su estudio.

10/AGM/LGL

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