Inicio Interés individual, no de fracción, la reforma constitucional

Interés individual, no de fracción, la reforma constitucional

Por Rafael Maya

Aunque las fracciones parlamentarias en la Cámara de Diputados no han presentado en bloque sus propuestas de reformas constitucionales en materia de género, los legisladores y legisladoras han ido poniendo sobre la mesa de discusión –de manera individual– sus ideas de modificación a diversos artículos referentes a las garantías individuales y los derechos sociales que salvaguardan la integridad de la población femenina.

El documento de la Comisión Especial para la Reforma del Estado incluye decenas de propuestas de reformas y adiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, entre ellas destacan las de la diputada federal por el PRD Hortensia Aragón Castillo, quien sugiere cambios en los artículos primero y cuarto relativos a las garantías individuales.

Como se recordará, el artículo primero constitucional prohíbe la discriminación, a lo que la legisladora amplía los factores por los que ninguna persona debe padecer esa práctica.

Así, la propuesta de redacción es la siguiente: «Queda prohibida cualquier forma de discriminación motivada por origen étnico, edad, género, embarazo, estado civil, raza, idioma, religión, orientación sexual, color de piel, nacionalidad, origen, posición social, trabajo o profesión, posición económica, aspecto físico, discapacidad o estado de salud.»

Además, añade que «toda política pública deberá garantizar el ejercicio de los derechos plasmados en este artículo».

En lo que se refiere al artículo cuarto constitucional, referente a la garantía de igualdad, Aragón Castillo propone un agregado que establezca que «El Estado mexicano impulsará todas las medidas necesarias destinadas al logro de la equidad y la igualdad en el trato y el otorgamiento de las oportunidades a mujeres y hombres.»

Y más adelante añade: «la Ley protegerá la organización y el desarrollo de la familia».

Por otro lado, en lo relativo al artículo 123 que garantiza los derechos laborales, el Congreso del estado de Nuevo León presentó una adición a la fracción quinta que señala:

«A nadie podrá limitarse o coartarse los derechos en materia laboral en razón de su género, raza, religión, estado civil o cualquier otra forma de discriminación. En este sentido a ninguna mujer podrá negársele o privársele de una fuente laboral por encontrarse en estado de embarazo, en virtud del estado civil o el número de hijos que posea.»

Contrariamente, lo que toca a la planeación, programación y presentación del presupuesto de egresos de la federación, estipulado en los artículos 26, 28, 74, 75 y 126 constitucionales, las diversas propuestas de modificación no incluyen la perspectiva de género.

La secretaría técnica de la Comisión Especial para la Reforma del Estado, Cecilia Gayón, confirmó a Cimacnoticias que las y los legisladores que la integran «no se han metido todavía a discutir el tema de género», por la importancia que le dan a otros rubros como el fortalecimiento del poder legislativo y el federalismo.

       
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