Inicio La ley del aborto por violación no se aplica en Puebla

La ley del aborto por violación no se aplica en Puebla

Por Adriana Monroy Lozada

Aunque el Código Penal del estado de Puebla prevé la interrupción del embarazo cuando es producto de una violación, la legislación poblana no prevé el procedimiento para que ese derecho se cumpla. afirmó el Subprocurador de Averiguaciones Previas y Control de Procesos de la Procuraduría General de Justicia (PGJ), Rodolfo Igor Archundia Sierra.

Dijo que a la PGJ han llegado mujeres en busca de una autorización para abortar con ‘múltiples razones, según ellas legales’ y en todos los casos hemos explicado que en este estado no existe forma ni procedimiento para autorizar esta ‘maniobra médica’.

«Si acaso hubiera alguna autoridad competente sería la autoridad judicial, la PGJ no tiene facultades para tomar esta clase de decisiones, pero tampoco existe una disposición que faculte expresamente a los jueces, reconoció.

«Interrumpir un embarazo producto de una violación es una decisión de la mujer que tuvo esta eventualidad, la participación de la PGJ en estos casos es investigar para saber si efectivamente existe el delito y el embarazo».

Cuando una mujer llega a esta instancia investigadora denunciando una violación la canalizamos al área de Victimas de Delito para que se le dé atención psicológica y se le proporcione orientación legal pero estas asesorías jamás estarían tendientes a asumir la autorización de un aborto, justificó.

El funcionario sostuvo que para considerar la acusación de violación primero tendría que haber un juicio penal, comprobado el delito y señalar responsabilidades, dado lo arduo y tardado del proceso se rebasaría el tiempo en que la mujer obtuviera la autorización para interrumpir su embarazo, pues la ley también contempla el plazo de los tres primeros meses de gestación.

«Además —aseguró— se denuncian violaciones que no son ciertas, la acusación también ocultaría quizá un embarazo irresponsable y este mecanismo se usaría muy fácilmente, sin embargo nosotros le damos todo el crédito a la víctima por eso estamos en la disposición de abrir investigaciones», aclaró.

Aunque, dijo, «sólo existen denuncias en los que la duda no cabe» como en los embarazos en menores de 12 años, legalmente es una violación, violación equiparada, pero no por esto promovemos abortos, porque no es que se permita, es que no está sancionado por ese hecho, por eso creo que esto no debe difundirse como un derecho, insistió.

«En la legislación local, no se prevé ningún mecanismo de «restitución del bien» a la víctima del delito con extirpaciones de partes corporales, el aborto no está señalado como la restitución de un daño», abundó.

Reconoció que la procuraduría no cuenta con estadísticas ni registros a este respecto «en lo que va del año puedo decir haber atendido personalmente al menos cuatro solicitudes de mujeres, he sabido de más casos que el personal atendió, a todas se les negó la solicitud, y si me pregunta que sucedió en estos casos le responderé: no lo sé».

Admitió que las mujeres violadas y embarazadas viven un ‘infierno’ «viven tal sufrimiento que por eso se atreven a abortar, es inhumano castigarla más, incluso es inhumano que las alentemos a denunciar este hecho, esto será un estigma para ella, existen mujeres que después de este hecho tienen a su hijo y lo reconocen como tal», adujo.

Para Jorge Reyes Santos, director de averiguaciones previas zona metropolitana norte, de la agencia especializada en delitos sexuales, el aborto por violación sí es un derecho, porque la ley está otorgando la facultad de determinar si dará a luz o no después de haber sido víctima de este delito.

«Falta en la ley la especificación del procedimiento a seguir, que se señalen mecanismos, instituciones, figuras que autoricen esa práctica y creo que en este caso debemos reconocer una laguna en este artículo».

Las sanciones al respecto varían de acuerdo con los supuestos, si una persona provoca un aborto a una mujer y cuenta con el consentimiento de ésta la sanción es de uno a tres años de prisión.

«Para la mujer es de seis meses a un año de prisión si ella consiente o busca el aborto, siempre que no haya ocultado su embarazo, que éste no sea fruto del matrimonio y que no tenga «mala fama», si tuviera alguna de éstas características la sanción sería de uno a cinco años de prisión. En este año, tres mujeres han sido procesadas en Puebla por interrumpir su embarazo. delito.

Testimonio

Mary tiene 14 años de edad, es madre de un niño de ocho meses de edad, desde los nueve años vivió abuso sexual y violación de parte de su primo de 27 años. A los 12 años quedó embarazada.

«Intenté caerme varias veces, pero no pasó nada, no quería tenerlo, cuando nació pensé en darlo en adopción, pero recapacité por lo que a mi también me pasó que mi madre me abandonó».

A los siete meses de gestación la directora de la Telesecundaria (en donde estudia el tercer grado) junto con un asesor jurídico del DIF la llevaron a un juzgado mixto de la mixteca poblana a levantar la denuncia en diciembre de 2003 y hasta ahora no ha habido ninguna orden de aprehensión.

Cuando su madre se fue a Estados Unidos, su papá la dejó con una tía, y se inició el abuso del primo. Hace poco regresó a vivir con su padre, quien es albañil con problemas de alcoholismo y debe salir constantemente de la comunidad a trabajar.

Lo único que quiere Mary es justicia, que el violador pague con cárcel y una vida mejor para ella, quien enfrenta serios problemas económicos y constante temor por las amenazas de sus mismos familiares. El niño no ha sido registrado por falta de dinero.

Mary ha recibido el apoyo de sus maestras en la escuela y del DIF por lo que se espera que esta semana se dicte orden de aprehensión por violación equiparada, violencia física, moral y consumación del delito.

2004/KC-AM/LR/SM

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