Inicio La Ley es clara sobre ILE, debe aplicarse para Lupita: Ichimu

La Ley es clara sobre ILE, debe aplicarse para Lupita: Ichimu

El caso de Lupita, niña de trece años que está embarazada por la violación que sufrió recientemente, ha provocado gran polémica, porque las autoridades responsables no coinciden sobre el procedimiento para que ella pueda ejercer su derecho a la interrupción legal del embarazo (ILE).

Para Luisa Camberos, directora del Instituto Chihuahuense de la Mujer; Irma Campos, coordinadora del grupo feminista Ocho de Marzo; y para la magistrada Rosa Isela Jurado, en Chihuahua sí hay marco jurídico para practicar la ILE en caso de violación, aunque difieren sobre la forma en que se debe proceder.

La ley es muy clara, sólo es cuestión de cumplirla, en caso de violación el aborto está permitido, indica Luisa Camberos.

A su juicio, cualquier instancia gubernamental involucrada en el hecho puede autorizar la interrupción del embarazo y si no lo hacen simplemente están ignorando la ley.

La directora del Instituto Chihuahuense de la Mujer se refiere al Artículo 146 del Código Penal del estado de Chihuahua que considera como excluyentes de responsabilidad penal en el delito de aborto los siguientes casos:

1) Cuando el embarazo sea resultado de una violación, siempre que se practique dentro de los primeros noventa días de gestación, o de una inseminación artificial.

2) Cuando, de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de afectación grave a su salud a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora.

3) Que sea resultado de una conducta imprudencial de la mujer embarazada.

Irma Campos opina que un médico del Sector Salud debe practicar la interrupción legal del embarazo cuando hay violación, de acuerdo con una circular que emitió hace tiempo la Secretaría de Salud.

La feminista dice que el Ministerio Público debe extender una constancia donde certifique que la víctima interpuso la denuncia correspondiente para que el Sector Salud tenga respaldo legal al practicar el aborto.

Rosa Isela Jurado, magistrada de la Sexta Sala Penal, opina que tanto el juez de primera instancia como el Ministerio Público pueden autorizar la interrupción del aborto en caso de violación, dependiendo de la posibilidad que haya de consignar el caso.

Si el Ministerio Público identifica al presunto responsable y considera que tiene los elementos probatorios suficientes para consignar el caso, le toca al juez de primera instancia revisar y decidir si autoriza o no el aborto, indica.

Y si el Ministerio Público no puede consignar el caso porque no logra identificar al presunto responsable, pero sí tiene elementos probatorios suficientes para suponer que hubo violación, a esa instancia es a la que le corresponde decidir si autoriza o no la interrupción del embarazo, especifica.

La magistrada considera que con el nuevo sistema de justicia penal es más fácil el procedimiento porque la decisión debe recaer en el juez de Garantía.

Rosa Isela Castro recuerda que no sólo el Código Civil del estado protege a las víctimas de violación. También está la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la Ley Estatal de Atención a Víctimas.

A su juicio, las distintas instancias que aplican las leyes deben hacer una interpretación integral de todos los reglamentos.

Explica que aunque la Ley Estatal del Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia no contempla de manera específica el aborto en los casos de violación, sí protege a las víctimas de violencia sexual, que para el caso es lo mismo.

El caso de Lupita generó polémica después que Lucha Castro, directora del Centro de Derechos Humanos de la Mujer, acudió ante la Procuraduría de Justicia y el Supremo Tribunal de Justicia y ambas instancias le negaron el apoyo.

Edith Garza, de la Subprocuraduría de Atención a Víctimas le dijo a Castro que sólo un juez puede autorizar el aborto. Pero José Chávez Aragón, presidente del Supremo Tribunal de Justicia, le aclaró que no es así y le indicó que en todo caso le corresponde al Ministerio Público.

Chávez Aragón argumentó que aunque el Código Penal contempla la ILE en caso de violación, la carencia de un reglamento que indique a qué instancia le corresponde el trámite, dificulta la autorización.

La Iglesia católica, concretamente párrocos de Delicias, también están opinando sobre el caso. Exhortan a Lupita a no interrumpir el embarazo.

Como se ha publicado, Lupita –no es su nombre verdadero–, de trece años, resultó embarazada de la violación que sufrió el día 5 del presente mes.

El delito ocurrió en Meoqui cuando la niña cuidaba a sus hermanos más chicos, llegó un hombre a su casa, la llevó por la fuerza a una bodega cercana y la violó.

La familia solicitó la intervención de la regidora Chayito Ruiz, quien la canalizó al Centro de Derechos Humanos de la Mujer en esta capital, donde le están brindando apoyo legal y psicológico.

La regidora lamenta que tanto la subagente del Ministerio Público que recibió la denuncia como el médico legista que revisó a la víctima cometieron varios errores que están retrasando la consignación del agresor sexual.

07/DV/GG

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