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Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia

Por Sara Lovera

En México nueve de cada 100 mujeres rurales o urbanas son objeto de agresiones físicas y 47 de cada 100 mujeres de 15 años y más sufren violencia familiar.

La Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia prevé un sistema integral en todo el país para prevenir y erradicar un fenómeno que crece de manera alarmante en el país.

Una ley que impulsada por la ex diputada feminista Marcela Lagarde y por las comisiones de Equidad y Género, de la Niñez, Adolescencia y Familias de la LIX legislatura, es la más avanzada de Iberoamérica por una vida sin violencia para las mujeres.

INCLUYE LA VIOLENCIA DE GÉNERO

La nueva legislación estipula un programa integral que distribuye claramente las competencias y obligaciones para los tres niveles del Estado y los tres órdenes de gobierno, federal, estatal y municipal, que obliga al Estado a garantizar la seguridad e integridad de las víctimas.

Incluye todos los tipos de violencia de género; psicológica, patrimonial, económica, física, laboral, institucional, sexual y de pareja que en conjunto constituyen la violencia feminicida.

Obliga al Estado a destinar recursos suficientes para enfrentar la violencia contra las ellas, a los Congresos locales a legislar en la materia; a las autoridades a garantizar, mediante políticas gubernamentales, la atención, sanción y erradicación de la violencia desde el municipio hasta la federación.

Se establecen las medidas precautorias y cautelares, que por ejemplo obligan al agresor a tomar distancia del domicilio, el lugar de trabajo, que garantice el no acoso; obligan al gobierno federal a establecer un sistema de alerta general para aquellas zonas identificadas con el mayor índice de violencia.

Incluye los mecanismos de reparación del daño y establece claramente el delito de Estado ante omisiones de los servidores públicos, actos que obstaculicen el ejercicio de la libertad de las mujeres. Igualmente asegura y amplía el funcionamiento de los refugios para quienes han sido víctimas de violencia.

06/SL/GT/CV

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