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Ley del ISSSTE: discriminación y pobreza para las mujeres

Por Hypatia Velasco Ramírez

Sindicalistas, académicas y académicos, legisladoras y legisladores han coincidido en calificar la nueva Ley de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado como misógina, porque promueve la discriminación y la pobreza de las mujeres.

Ellas reciben con esta norma ?aprobada el 29 de marzo pasado y publicada en el Diario Oficial dos días después– un mayor impacto que los hombres pues constituyen el 54 por ciento de aproximadamente 2 millones de trabajadores que laboran para el Estado mexicano.

Suman las mujeres inscritas en el ISSSTE cerca de 1 millón 300 mil, señaló a Cimacnoticias Rosario Ortiz Magallón, integrante de la Comisión de Trabajo y Previsión Social en la actual Legislatura (Cimacnoticias, 26 junio 07).

Le Ley, promovida por Elba Esther Gordillo, quien la publicitó como una vía para mejorar las prestaciones de las y los trabajadores y para capitalizar la institución, es la primera reforma estructural del sexenio y fue respaldada por Felipe Calderón.

Establece que las mujeres deben cumplir 58 años de edad para jubilarse, cuando el anterior requisito eran 28 años de antigüedad en su empleo, dice José T. Cardoza Olivas, abogado laborista y académico de la Universidad Obrera de México (UOM).

Sobre las pensiones, Ortiz Magallón señaló que la mitad de las mujeres afiliadas al ISSSTE percibe un salario entre 3 mil 500 y 4 mil pesos mensuales, por lo tanto, «la aportación que van a poder hacer a través del Pensionissste (nueva empresa encargada de las pensiones) será mínima.

Al terminar su vida laboral, el ahorro individual que logren va a ser tan poco que su pensión no va a lograr cubrir los dos salarios mínimos que establece la antigua ley del ISSSTE y la cual se encuentra actualmente abrogada.

Además, esos ahorros tendrían que ser suficientes para vivir los aproximadamente 75 años que en promedio tienen de vida una mujer, una edad mayor que los hombres.

La mayoría de las mujeres que trabajan al servicio del Estado están en el área administrativa, como maestras y/o enfermeras.

No contempla prestaciones como maternidad; cobertura de accidentes; enfermedades profesionales y no profesionales; jubilación (con lo que viola el Artículo 123 de la Constitución); invalidez; vejez y muerte, señala por su parte José Cardoza Olivas (Cimacnoticias, 27 junio 07).

Sobre la maternidad, no establece que las trabajadoras deben gozar de un mes de descanso antes de la fecha fijadapara el parto y de los dos después del mismo, percibiendo su salario íntegro y conservando su empleo y los derechos que hubieran adquirido en la relación del trabajo.

Ni que en el periodo de lactancia tendrán cada día dos descansos extraordinarios de media hora cada uno para alimentar a sus hijas e hijos. Tampoco que disfrutarán de asistencia médica y obstetricia, de medicina, de ayudas para la lactancia y del servicio de guarderías, entre otros, tal como lo establece el Artículo 123 constitucional, señala Cardoza Olivas.

ENFERMERAS

Otro sector afectado ante esta nueva ley son las enfermeras, dice Antonio Vidal, miembro de la Coordinación Nacional de la Alianza de Trabajadores de la Salud y Empleados Públicos.

Las enfermeras representan entre el 60 y 70 por ciento de las trabajadoras del ISSSTE y verán aumentada entre un 20 y 30 por ciento su carga de trabajo, con lo cual será mayor el estrés al que están sometidas y el número de accidentes laborales.

Lo anterior, explica el abogado laboral Manuel Fuentes, es debido a que con esta nueva Ley se está considerando a las y los trabajadores por honorarios, los cuales no tenían derecho a afiliarse en la vieja ley, lo que provoca que el número de derechohabientes aumente y deban ser atendidos en el sector salud por el mismo número de personal médico.

«En el ISSSTE nos faltan alrededor de 12 a 15 mil plazas», asegura Vidal y la nueva Ley limita los recursos para la atención médica, el material, el equipo y la plantilla del personal.

Y si con la vieja Ley las y los trabajadores del sector salud debían atender a mil 100 derechohabientes, ahora han tenido que atender a mil 500, es decir, hay un aumento del 30 por ciento de la carga laboral.

Por otro lado, dice Vidal, a las enfermeras se les aumenta el tiempo de aportación y servicios para poder jubilarse y el monto de su jubilación ahora es sobre el salario tabular, cuando anteriormente era el salario tabular más las compensaciones presupuestales, las cuales eran los riesgos de trabajo o insalubridad que representaba entre el 20 ó 30 por ciento del salario.

La antigüedad y las compensaciones por servicios también desaparecen. Con esto, el 80 por ciento de las enfermeras se verán afectadas porque no se establecen estos conceptos.

Hoy una enfermera se jubila con el 35 ó 40 por ciento del salario integrado, pero en la nueva Ley se le va a descontar, además, el 30 ó 50 por ciento de la pensión parcial del salario integrado que tenía, y aún cuando no sean cabeza de familia, la calidad de vida, inevitablemente, disminuirá.

ANTI SINDICAL

La nueva norma viola los estatutos de la Federación de Sindicatos de Trabajadores al Servicio del Estado (FSTSE) y del Sindicato de Trabajadores de la Educación (SNTE) pues fue presentada sin consultar a sus agremiados.

Con ello, renuncian a prestaciones ya ganadas y establecidas de manera constitucional y en la antigua Ley del ISSSTE, como los servicios integrales de retiro a las y los pensionados y jubilados, así como los servicios que contribuyan a mejorar la calidad de vida de la y el servidor público y sus familiares derechohabientes, dice Cardoza Olivas.

Asimismo, la nueva Ley contempla serias modificaciones a los artículos referidos a los riesgos y enfermedades de trabajopues según Cardoza Olivas, transfiere esta obligación, que es de las dependencias donde laboran las y los trabajadores, al Instituto.

Ante esta serie de violaciones, el pasado 7 de junio, la diputada federal Rosario Ortiz y diversos sindicatos, entre ellos el Sindicato de Trabajadores de la Universidad Nacional Autónoma de México y el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaría de Agricultura presentaron un recurso de queja a la Organización Internacional del Trabajo (Cimacnoticias, 22 agosto 07).

Este recurso, explicó Ortiz a Cimacnoticias, se basó en el hecho de que, al ser aprobada esta nueva ley, no hubo consulta bilateral, como lo marcan las condiciones generales de trabajo y los contratos colectivos de los sindicatos que están en convenio con el ISSSTE y porque viola el Convenio 102 sobre Seguridad Social firmado por México.

La OIT notificó a Ortiz que revisará esta última queja y aceptó la primera; conformó un comité de expertos, el cual analizará los argumentos presentados, y tomarán una decisión sobre si hubo o no violación.

De haberla, el organismo internacional, según Ortiz, emitirá una recomendación. Sin embargo, dicha recomendación, enfatiza la diputada, no es vinculante, así que el Gobierno federal puede o no aceptarla.

El pasado lunes 20 de agosto, los sindicatos que emitieron las quejas anteriores y la diputada Ortiz entregaron una ampliación de queja a la OIT, donde explican que el Gobierno federal no ha dado pauta para que se establezcan mecanismos de diálogo y discusión sobre la reforma a la Ley que ya se está vigente.

07/HVR/GG/CV

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