Todas las normas internacionales de derechos humanos determinan que hombres y mujeres tenemos los mismos derechos desde que nacemos y por sólo existir. Sin embargo, son diversos los estudios que señalan la necesidad de un trato diferente entre hombres y mujeres, no como un tipo de «discriminación positiva», sino como una forma de reconocer que los derechos humanos nunca serán universales en tanto no se reconozcan las necesidades específicas de las mujeres.
La Conferencia Mundial de Derechos Humanos de Viena, en 1993, fue el parteaguas para colocar, a nivel internacional, la importancia del reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres y la obligación de los Estados para promoverlos y garantizarlos.
Entre las convenciones y pactos internacionales ratificados por México para otorgar derechos específicos a las mujeres y que son de cumplimiento obligatorio, destacan la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) y la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Belem Do Pará), entre otros.
Dichos instrumentos plantean derechos en la educación, el trabajo, la familia, la salud y promueven que las mujeres tengan un nivel de vida digno y la posibilidad de desarrollar sus capacidades en condiciones de igualdad, al considerar la violencia de género como una violación a sus derechos humanos.
De esta forma, las mujeres tienen derecho al trabajo y la autonomía económica, a la participación política, al desarrollo, la educación, a la libertad y autonomía en el ejercicio responsable de la sexualidad, a decidir libremente el número de hijos, a no recibir tortura y a vivir en un ambiente saludable.
Tras el reconocimiento de los derechos humanos de las mujeres en pactos y convenciones internacionales, el Estado mexicano tiene la obligación de garantizar la protección, la práctica y la promoción de éstos.
La sociedad por su parte, tiene la obligación de conocer y entender sus derechos para demandar el reconocimiento y respeto de los mismos, a fin de promover un sistema de justicia equitativo y la aplicación de nuevas formas de protección que posibiliten la convivencia de hombres y mujeres en un marco de respeto e igualdad jurídica.
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