Inicio Ninguna ley protege a las trabajadoras migrantes

Ninguna ley protege a las trabajadoras migrantes

Por Angélica Jocelyn Soto Espinosa

Ninguna ley en México, Guatemala, El Salvador, Honduras y Nicaragua sobre reclutamiento para trabajo en el extranjero protege los derechos de las mujeres que emigran temporalmente, mucho menos si son indígenas o de algún grupo vulnerable.
 
Así lo señala el informe “Reglas de reclutamiento: países de origen”, que realizó la Global Workers Justice Alliance y la Iniciativa Regional sobre Movilidad Laboral (Inilab), conformada por organizaciones civiles, entre ellas el Centro de los Derechos del Migrante y el Proyecto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
 
Andrea Gálvez González, enlace para México de la UFCW Nuestra Voz en el Trabajo, detalló que al no contar con visas legales de tránsito, las mujeres buscan a través de “coyotes” (traficantes de personas) rutas no habituales o de agencias fraudulentas (empresas dedicadas exclusivamente al reclutamiento de personal para que labore en el exterior), que las someten a abusos como cobros excesivos por los traslados o hasta extorsiones.
 
Por ello, la activista propuso que las plazas vacantes de los programas federales de trabajo para migrantes sean distribuidas por igual entre mujeres y hombres.
 
REGLAS INSUFICIENTES
 
De acuerdo con las y los expertos, destaca que en ninguno de los documentos oficiales que consultaron se encontró referencia a la protección especial para mujeres y población indígena, quienes, por ejemplo, batallan con la falta de contratos en su lengua originaria.
 
Además, a excepción de México y Honduras, el resto de los países no cuentan con regulaciones específicas de reclutamiento, pese a que cada año más de 176 mil personas mexicanas y centroamericanas viajan a Canadá, y otras 100 mil a Estados Unidos, para ocuparse en la agricultura y el sector servicios con visas de trabajo temporal.
 
Las organizaciones detectaron que no existe en ningún país de la región mesoamericana un programa de empleo temporal que formalice la movilidad laboral y que establezca normas de corresponsabilidad legal entre empresas y gobiernos, ni del papel que podrían jugar las embajadas de los países de empleo en las naciones de origen.
 
Además no hay un control institucional efectivo sobre las actividades de las llamadas agencias de reclutamiento, lo que permite que éstas cobren por traslados, hospedajes y alimentos hasta 80 por ciento de las ganancias totales de una persona trabajadora.
 
Entre los abusos más frecuentes de los que son víctimas las personas migrantes están los cobros ilegales en el proceso de reclutamiento, ofertas de visas falsas, retención de documentos, amenazas y represalias por denunciar.
 
De acuerdo con las y los activistas, hay más de nueve mil personas defraudadas con el ofrecimiento de empleo en más de 15 estados del país. Las organizaciones dijeron no contar con el dato desagregado por sexo.
 
DISCRIMINACIÓN
 
Los grupos civiles también alertaron que por discriminación en las empresas que demandan mano de obra migrante, el gobierno mexicano limita el acceso a visas temporales de trabajo para las mujeres que viajan cada año a EU y Canadá para emplearse en el agro o el sector servicios.
 
Durante la presentación del informe en esta ciudad, Gálvez González, explicó que las mujeres representan sólo 3 por ciento de las casi 20 mil personas que se benefician cada año del Programa Temporal de Trabajo Agrícola en Canadá (PTAT) de la Secretaría de Trabajo y Previsión Social de México.
 
No obstante, ese porcentaje contrasta con que en los campos agrícolas del país del norte la población femenina representa la mitad o hasta 60 por ciento de la mano de obra, observó.
 
Además, la activista dijo que la demanda laboral al menos en México para ir a trabajar en el exterior es exponencialmente mayor que la que logra hacerlo a través de visas temporales, y entre el grupo con deseos de emplearse en el extranjero hay el mismo número de mujeres y hombres.
 
A decir de Gálvez, el problema central inicia con los empleadores, a quienes el gobierno federal ha permitido año con año establecer como condición que la mano de obra que se solicite sea sólo masculina, lo que disminuye las oportunidades de las mujeres a acceder a visas de trabajo para emplearse de manera regular en los campos agrícolas.
 
Lo anterior a pesar de que otras normas, tanto de los países de destino como de origen, como la Ley Federal del Trabajo –en el caso de México–, no permiten la discriminación por motivos de género en el ámbito laboral.
 
16/AJSE/RMB

Este Web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecerle una mejor experiencia y servicio. Al navegar o utilizar nuestros servicios el usuario acepta el uso que hacemos de las cookies. Sin embargo, el usuario tiene la opción de impedir la generación de cookies y la eliminación de las mismas mediante la selección de la correspondiente opción en su Navegador. En caso de bloquear el uso de cookies en su navegador es posible que algunos servicios o funcionalidades de la página Web no estén disponibles. Acepto Leer más

-
00:00
00:00
Update Required Flash plugin
-
00:00
00:00
Ir al contenido