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Nuevo Consejo de Derechos Humanos

Por Lucero Saldaña

Con las palabras de que «el mundo está listo para que una mujer sea Secretaria General de la ONU», Kofi Annan expresó la necesidad de la participación de las mujeres en los procesos de adopción de decisiones y en el acceso al poder para el desarrollo y progreso de los pueblos, en su mensaje alusivo al Día Internacional de la Mujer el pasado 8 de marzo.

Además se ha conjuntado el hecho de que la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó el pasado 15 de marzo la creación de un Consejo de Derechos Humanos, el cual reemplazará a la Comisión, por un nuevo cuerpo con características propias, como un sistema de investigadores independientes, una amplia participación de la sociedad civil, y contará con 47 miembros elegidos por mayoría que servirán por un período de tres años. Con el proyecto aprobado por 170 votos a favor, 4 en contra, los de Estados Unidos, Israel, Palau y las Islas Marshall, además de tres abstenciones de Irán, Belarús y Venezuela, se determina que con votación de una mayoría de dos tercios de sus miembros se podrá suspender a un país que cometa violaciones graves y sistemáticas a los derechos humanos.

Hay quienes criticaron el texto de la resolución pero votaron a favor en aras de la unidad y el consenso, como Cuba, mientras que Venezuela expresó numerosas objeciones, pero no la votó en contra para no quedar en la minoría integrada por Estados Unidos, país que expresó escepticismo sobre el futuro del Consejo de Derechos Humanos. Sin embargo, con 191 estados se necesitará ahora del apoyo de 96, en lugar de los 28 estados que requería como Comisión. La credibilidad sobre el desempeño de este Consejo, dependerá tanto de los cambios culturales sobre el concepto en los países, como de las trasformaciones de las instituciones y las normas legales en la materia.

En México, el concepto de derechos humanos no está incluido como tal en la Constitución, a pesar de haberse ratificado varios instrumentos internacionales sobre el tema. Con la reciente puesta en marcha del Observatorio para la igualdad entre mujeres y hombres de la CNDH que monitoreará a las instituciones para que se avoquen a este fin se da un paso vanguardista hacia el respeto de los derechos humanos de las mujeres y niñas, su difusión y la recepción de denuncias sobre violaciones graves y sistemáticas a sus derechos. Pero es obvio que también se requiere tanto de la aprobación de la Ley General en la materia que está pendiente de aprobarse en la Cámara de Diputados.

La inclusión de las mujeres en los espacios de poder público y las reconceptualizaciones son necesarias debido a la propia exclusión constante en la historia de las democracias. Las sufragistas reclamaron y conquistaron los derechos de ciudadanía para las mujeres, sin embargo; durante mucho tiempo se hizo un uso mayor del derecho a decidir quien gobierna que del derecho a formar parte del gobierno. En los últimos veinte años del siglo XX pudo observarse que las mujeres habían ganado suficiente poder social como para poder luchar por los espacios del poder político formal en las democracias. En un comienzo se denunció la discriminación hacia las mujeres, se la mesuró estadísticamente para formar alianzas y buscar modalidades que permitieran cambiar la situación mediante propuestas de medidas favorables a la equidad e igualdad de oportunidades.

Indudablemente, el ejercicio de la democracia implica la libertad de los sujetos. Si las mujeres no tienen autonomía, difícilmente pueden visibilizar su identidad en el espacio público. Tampoco pueden incorporar su visión, sus temas, sus intereses específicos y mucho menos liderar a un colectivo de hombres y mujeres. En este sentido, uno de los ejes más importantes del debate de género es el de la falsa dicotomía entre lo público y lo privado. Las leyes plasmaron entonces la separación de estos dos ámbitos y se consideró que el poder del Estado debía terminar en las puertas de los hogares. De este modo, daba poder de vida y muerte al pater familias sobre los demás integrantes del núcleo familiar y doméstico. La legislación determinaba que sólo el pater familias fijara el domicilio conyugal o fuera el administrador único de los bienes de su mujer y de la comunidad conyugal, además por supuesto, de los bienes propios, a lo que se sumaba la obligación por parte de la mujer de contar con la autorización del marido hasta para trabajar.

¿Continúa la clásica separación de lo público y lo privado, lo productivo y reproductivo y la división sexista de esos campos? ¿Sigue siendo la política el espacio de lo público por excelencia, donde lo privado no tiene cabida? Los logros obtenidos respecto del tratamiento en las políticas públicas de problemas como la violencia doméstica, entre otros, que antes de las luchas feministas eran considerados estrictamente privados, ¿han servido de base a modificaciones de las prácticas o políticas discriminatorias?

Las respuestas a estas preguntas y a otras surgidas en el transcurso de de estás últimas décadas sobre los derechos humanos de las mujeres podrían acercarnos a un estudio más profundo de lo que debe modificarse para lograr la inclusión plena de las mujeres en el ámbito político y en la toma de decisiones.

[email protected]
*Legisladora mexicana

06/LS/LR

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