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Objeción de conciencia responde a intereses de grupos religiosos

Por Hazel Zamora Mendieta
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La recién aprobada objeción de conciencia para los prestadores de servicios de salud (personal de apoyo y administrativo), representa un riesgo porque faculta a la Secretaría de Salud a incluir a más objetores y ampliar los servicios y prácticas o investigaciones en el mismo sentido.

Entrevistada por Cimacnoticias, la asesora en política y abogacía de Ipas México, Fernanda Díaz de León, explicó que el dictamen aprobado ayer por la Cámara de diputados, establece en su artículo segundo transitorio que será la Secretaría de Salud Federal la encargada de hacer, en un plazo de 90 días, los lineamientos para el ejercicio de la objeción de conciencia, lo que en su opinión es preocupante ya que podrá objetar los servicios o procedimientos médicos que considere.

El motivo no sólo es alarmante para los servicios de interrupción del embarazo, no se limita a eso, es devastador para todos los servicios de salud de las personas”, aseguró la abogada especialista en Derechos Sexuales y Reproductivos.

De lograrse esta propuesta, agregó, “desde la persona vigilante de la puerta podría decidir que está en contra de algún servicio como el aborto y podría negarle el registro a una usuaria, o el derecho a una ficha una persona que iba por cualquier otro servicio”, ejemplificó Díaz de León.

Con ello la Secretaría, si así lo reglamenta, podría ampliar y reconocer como objetores de conciencia al personal de vigilancia, servicio social, recepcionistas, entre otros, o regular en qué procedimientos médicos se puede aplicar, tal como lo pretendía en un inicio el proyecto de ley de la diputada del Partido Encuentro Social (PES) Norma Edith Martínez Guzmán, aseguró Díaz de León.

La objeción de conciencia para el personal sanitario no es una novedad, tras la despenalización del aborto en 2007 en la Ciudad de México se reconoció en el artículo 59 de la Ley de Salud local que el personal médico y de enfermería que lo practique puede objetar no hacerlo por convicciones éticas y morales, asimismo lo reconoce el apartado sexto de la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM 046) que garantiza en el país el aborto en casos de violación.

Lo que planteó la iniciativa original de la diputada Martínez Guzmán, era ampliar la objeción a “profesionistas, técnicos, auxiliares y prestadores de servicio social”, por lo que ayer en el pleno se discutieron los obstáculos que esto podría representar en el acceso a los servicios de salud reproductiva para las mujeres, quedándose limitado solamente al personal de enfermería y médico como objetor de conciencia (facultad que ya tienen).

“Es muy importante establecer las reglas y cómo es que el ejercicio de esta prerrogativa no afecte los derechos de terceros, que es lo que establece la Constitución”, pero falta que lo vote el Senado, quien podría aceptar el dictamen sin modificaciones, o bien, regresarlo a San Lázaro con adecuaciones.

Esperamos que no se apruebe y el llamado a las y los senadores es ése, ya que además es una reforma innecesaria, dijo.

“Es un dictamen que no es prioritario porque hay temas nacionales de urgente discusión y la objeción de conciencia no es uno de ellos, me parece que esta iniciativa responde a intereses de grupos religiosos por incluir en la ley sus creencias y eso es preocupante en el marco del Estado laico”, concluyó Fernanda Díaz de León.

La iniciativa de la diputada de Encuentro Social fue impulsada por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) y el Partido Acción Nacional (PAN) de la Comisión de Salud.  

Cabe mencionar que a lo largo de su carrera, la diputada Martínez Guzmán también se ha manifestado en contra de permitir a las mujeres a abortar en casos de violación, además presentó en 2016 una iniciativa para modificar el artículo 4° de la Constitución Política del país para “proteger la vida desde el momento de concepción y estado en contra de otras temáticas como el matrimonio igualitario. 

17/HZM/LGL

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