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Obsoleta para las mujeres la Ley Federal del Trabajo

Por Román González

En México, la Ley Federal del Trabajo (LFT) es considerada como una de las más avanzadas a nivel internacional, sin embargo en materia de derechos laborales de las mujeres sólo se encuentran tutelados aquellos que se vinculan con el ejercicio de la maternidad.

La LFT no refleja por ejemplo la creciente participación y aportes de las trabajadoras. Se requiere un marco jurídico laboral que integre su participación, promueva acciones encaminadas a la erradicación de la discriminación laboral, la segregación salarial y el despido.

Para la responsable de la subdirección de Protección a Mujeres y Menores en el Trabajo, Dolores Unsueta Reyes, existe un marco legal amplio para que cualquier abogado aplique la ley a favor de las mujeres, «pero no se hace porque, en nuestra sociedad hay tolerancia a la discriminación».

Empresas prestadoras de servicios (restaurantes, de limpieza y seguridad), alquilan un cuarto, se instalan y contratan gente. Luego las comisionan, pero cuando las trabajadoras descubren que no se están respetando sus derechos, no hay quien responda, ya que desaparecen.

Dependiente de la dirección general del Trabajo y la Previsión Social del gobierno del Distrito Federal, Unsueta Reyes dijo que han recibido reportes de trabajadoras a las que el patrón obliga a bajar cajas de un camión, cuando ellas tienen siete u ocho meses de embarazo.

Obviamente la trabajadora se resiste por su propia salud y la de su producto. «No lo hace y en el momento que ella se niega, viene el despido de manera inmediata, porque no están acatando las funciones para las que fueron contratadas. Esta situación, es violatoria a sus derechos», apuntó.

Datos del 2002 de la dependencia a su cargo y la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, indican que fueron atendidos 106 casos de hostigamiento sexual; 370 por despido por embarazo; por violencia laboral 107 y 391 casos de despido injustificado.

INCORPORACION

Para el Centro de Investigación Laboral y Asesoría Sindical (CILAS), a lo largo de tres décadas la presencia de las mujeres en el mercado laboral se ha incrementado en forma importante. Para 1970 se calculaba que de cada 100 mujeres solamente 17 participaban en el mercado laboral.

Según datos del Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI) en el año 2000 se registró una participación de 36 mujeres por cada 100 trabajadores.

En su diagnóstico Derechos Laborales de las Trabajadoras, CILAS reveló que este ingreso significativo de las mujeres en el mundo del trabajo se da en un contexto de crisis económica y se conjuga a la vez con un proceso de deterioro de los derechos laborales y sindicales de la clase trabajadora en su conjunto.

Pero la estabilidad laboral y las garantías que ofrece la contratación colectiva cada vez son menos. Por el contrario, las mujeres enfrentan un mercado de trabajo inestable, bajos salarios, nulas prestaciones sociales y derechos laborales, falta de respeto a su dignidad e y desigualdad de oportunidades.

CILAS dice que aunada a esta situación es importante señalar que cada vez son más mujeres las que representan el único sustento dentro de sus hogares, pues de cada 100, 30 están encabezados por mujeres, lo cual determina características específicas de su incorporación al mercado laboral.

LEY CADUCA

La presidenta de Mujeres Trabajadoras Unidas (MUTUAC), María Elisa Villaescusa Valencia, recordó que la LFT vigente data de hace 73 años, «en aquella época las mujeres estaban en la casa. La ley se hizo básicamente para los varones, el trabajo remunerado era exclusivo para los hombres».

También, los horarios de las escuelas fueron hechos, de tal manera, que las mujeres, «como tenemos todo el tiempo del mundo y nos quedamos en la casa, podemos ir a dejar a los hijos a la escuela y regresar luego por ellos».

Así, aseguró, la ley no está adecuada para el papel que las mujeres están desempeñando con su incorporación al mundo laboral. A pesar de ello ocupan los trabajos menos remunerados y son ubicadas sólo en ciertos sectores».

LEYES INAPLICABLES

La coordinadora del Area de Desarrollo Económico del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal (Inmujeres-DF), Norma Malagón Serrano, dijo que si bien el artículo tercero de la LFT y el cuarto de la Constitución, señalan que existe la igualdad entre hombres y mujeres, no están claros cuáles son los procedimientos que garanticen esta igualdad.

Con ello, afirmó, prácticamente se permite que haya una violación continúa de los derechos laborales de las mujeres y que haya un profundización de lo que es la discriminación en el espacio laboral.

Ello resta a las mujeres posibilidades de encontrar un empleo estable; mucho menos contar con la tutela de lo que es un contrato colectivo de trabajo; es parcial o temporal. «En estas nuevas formas de empleo no hay la protección de la ley».

Además, las mujeres que ingresan en el mercado de trabajo tienen que enfrentarse a cuestiones de requisitos para la contratación, es decir, ser jóvenes, solteras, tener buena presentación y disponibilidad de trabajo.

2003/RGL/MEL

       
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