Inicio Panorama sombrío por muerte materna y negación de ILE

Panorama sombrío por muerte materna y negación de ILE

derechoadecidir82especial

La reforma constitucional que aprobó en primera vuelta el Congreso del estado de Veracruz, para “proteger la vida desde la concepción hasta la muerte natural” viola los Derechos Humanos (DH) de la población femenina en una entidad que se ubica entre los primeros lugares a nivel nacional en Razón de Muerte Materna (RMM), y donde las mujeres han sido encarceladas incluso por tener un aborto no intencional.  
 
El Observatorio de Mortalidad Materna en México reportó que tan sólo en 2013 en Veracruz murieron por causas relacionadas con la maternidad 64 mujeres, lo que equivale a que la entidad tenga una RMM de 46.4 decesos por cada 100 mil nacidos vivos, es decir, rebasa la media nacional que es de 38.2 fallecimientos.
 
Del total de muertes maternas (MM) que se registraron en el estado, 6.3 por ciento fueron de mujeres que murieron como consecuencia de un aborto.
 
Al menos 15 por ciento de las veracruzanas fallecidas eran menores de 19 años, y otro 4.7 por ciento era hablante de lengua indígena. Del total de decesos, más de 60 por ciento de las mujeres contaba sólo con Seguro Popular, y 67 por ciento murió dentro de una clínica u hospital de servicio federal.
 
Esa cifra no revela cuántas mujeres acceden a un aborto en la entidad. Al respecto, la Secretaría de Salud estatal informó que de 2011 a 2012 hubo al menos 11 mil egresos hospitalarios por aborto. En 2008, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) informó que Veracruz ocupaba el quinto lugar en abortos inseguros.
 
CRIMINALIZACIÓN
 
El artículo 154 del Código Penal estatal actualmente establece hasta cuatro causales de aborto: cuando “es causado por imprevisión de la mujer embarazada”; es resultado de una violación sexual –siempre que se practique dentro de los 90 primeros días de gestación–; cuando la vida de la mujer peligra (a juicio del médico que la asiste); o el producto padece de una “alteración”.
 
Pese a tales causales legales en Veracruz, la Ley de Salud estatal no tiene reglamentados los procedimientos para acceder a la interrupción del embarazo.
 
De acuerdo con el informe “Niñas y mujeres sin justicia. Derechos reproductivos en México”, del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), de agosto de 2012 a diciembre de 2013 en Veracruz no había alguna mujer en prisión preventiva ni prisión definitiva por el delito de aborto; sin embargo, la organización civil registró, documentó y litigó el caso de “Celia”, una veracruzana acusada por interrumpir su embarazo en 2013.
 
GIRE no pudo documentar cuántas denuncias, juicios o sentencias hay abiertas en contra de mujeres por el delito de “homicidio en razón de parentesco” o “infanticidio”, ya que el gobierno de la entidad no respondió cabalmente a su solicitud de información.
 
Pese a ello, GIRE supo del caso de “Concepción”, joven de 25 años que vendía periódicos en el puerto de Veracruz, quien relató que “la mañana del 25 de febrero de 2013 sintió fuertes dolores en el vientre y tuvo un sangrado, por lo que acudió a la Cruz Roja local. Al llegar al hospital, el personal médico le dijo que estaba embarazada. Ella no sabía”, se asienta en el informe.
 
Prosigue: “En el hospital, Concepción quiso ir al baño y el personal de la institución le permitió hacerlo sin valoración médica previa ni persona que la asistiera en vista de su condición. Ahí se produjo el parto de forma involuntaria y precipitada. El producto fue expulsado en el inodoro”.
 
A raíz de esos hechos, la joven fue denunciada ante el Ministerio Público y acusada de homicidio doloso. El 5 de marzo de 2013, el Juzgado Quinto de lo Penal, con sede en el puerto de Veracruz, le dictó auto de formal prisión. La organización Asilegal asumió su defensa y presentó un amparo en contra de su encarcelamiento.
 
En respuesta, el Juzgado Cuarto de Distrito en el estado de Veracruz ordenó que la autoridad responsable dejara “insubsistente” el auto de formal prisión y repusiera el procedimiento. Sin embargo, Concepción fue privada de su libertad durante siete meses. Finalmente salió libre por no existir elementos para acreditar el delito del que se le acusaba.
 
16/AGM/AJSE

Este Web utiliza cookies propias y de terceros para ofrecerle una mejor experiencia y servicio. Al navegar o utilizar nuestros servicios el usuario acepta el uso que hacemos de las cookies. Sin embargo, el usuario tiene la opción de impedir la generación de cookies y la eliminación de las mismas mediante la selección de la correspondiente opción en su Navegador. En caso de bloquear el uso de cookies en su navegador es posible que algunos servicios o funcionalidades de la página Web no estén disponibles. Acepto Leer más

-
00:00
00:00
Update Required Flash plugin
-
00:00
00:00
Ir al contenido