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Paridad en órganos ejecutivos y judiciales se discutirá en extraordinario

Por Anayeli García Martínez
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Durante el periodo extraordinario del Congreso de la Unión, que arrancó este miércoles, se analizará y en su caso aprobará un dictamen para reformar nueve artículos de la Constitución federal y garantizar la paridad de género en el Poder Ejecutivo, Legislativo, Judicial y en los organismos autónomos.

Los senadores se comprometieron a analizar la reforma en materia de paridad que debió ser votada el pasado 30 de abril, último día del periodo ordinario de sesiones, y a retomar el análisis sobre las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley del Seguro Social en materia de personas trabajadoras del hogar. 

El primer dictamen prevé la obligatoriedad de la paridad de género en los nombramientos de titulares de las secretarias de Estado, tanto federales como estatales, y de los organismos autónomos, así como procedimientos para que los órganos jurisdiccionales se integren de acuerdo con el principio de paridad.

El documento, avalado previamente por las Comisiones unidas de Puntos Constitucionales, para la Igualdad de Género, y de Estudios Legislativos, también considera modificaciones de forma, por ejemplo, incluir las palabras “diputadas”, “senadoras”, “presidenta municipal” y “ministras”.

Estas reformas deben ser avaladas por el Senado y por la Cámara de Diputados. Una vez que sean aprobadas se consolidaría una demanda que lleva más de 23 años vigente desde que las mujeres comenzaron a buscar la oportunidad de participar en espacios de toma de decisiones y ocupar escaños parlamentarios.

Hasta ahora los avances más significativos han sido en participación política. En 1996 el movimiento feminista logró que las leyes electorales mexicanas fijaran, en un artículo transitorio, que los partidos políticos deberían postular por lo menos 70 por ciento de candidaturas de mujeres.

Aunque el adelanto fue ínfimo, las políticas, académicas y feministas insistieron hasta que en 2008 lograron modificar la ley para aumentar la cuota de género al 40 por ciento de candidaturas de personas de mismo género en candidaturas de elección.

Finalmente, con la reforma constitucional en materia político electoral de 2014 consiguieron establecer el principio de paridad (50-50) en postulaciones a senadurías y diputaciones federales y locales. 

Con el actual dictamen se reformaría nuevamente el artículo 41 constitucional para decir que el principio de paridad de género también aplica en los nombramientos de las personas titulares de las secretarias del Ejecutivo Federal y sus equivalentes estatales; así como en la integración de los organismos autónomos y jurisdiccionales. 

Este paso se puede dar en el periodo extraordinario de sesiones que comenzó este miércoles 8 de mayo.

Es de destacar además que cinco años después de consolidar en la Constitución federal la paridad en candidaturas a cargos legislativos y hoy que se cuenta con un Senado conformado por 49 por ciento de senadoras, se tiene un dictamen sobre paridad integrado por cinco iniciativas de distintos partidos políticos.

Las propuestas fueron de las senadoras Kenia López Rabadán de Acción Nacional (PAN); Marta Lucía Micher Camarena y Bertha Alicia Caraveo Camarena de Movimiento Regeneración Nacional (Morena); Claudia Edith Anaya Mota del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y Alejandra Lagunes Soto Ruiz del Verde Ecologista (PVEM).

El senador Martí Batres Guadarrama también presentó una propuesta de reforma en la materia.

TRABAJADORAS DEL HOGAR

Otro tema propuesto por las legisladoras y que se analizará en este periodo extraordinario de sesiones son las reformas a la Ley Federal del Trabajo y a la Ley del Seguro Social en materia de personas trabajadoras del hogar, modificaciones que fueron avaladas por el Senado y después turnadas a la Cámara de Diputados.

Las reformas volverán a ser analizadas en el Senado debido a que el pasado 30 de abril las y los diputados hicieron cambios a la redacción planteada inicialmente.

Las modificaciones a la Ley Federal del Trabajo tienen la finalidad de garantizar los derechos laborales de las trabajadoras del hogar, define esta actividad y establece tres modalidades: trabajo de planta, de entrada por salida y de quienes trabajan con diferentes patrones y no residen en el domicilio de ninguna de ellas.

Aunque desde 2012 la ley laboral estableció un capítulo específico para esta población, éste se denomina “trabajadores domésticos” y contiene algunas consideraciones básicas e incluso institucionaliza prácticas como descanso mínimo nocturno de 9 horas y que el 50 por ciento de su salario sea en especie, es decir con alimentos y habitación. 

Con las recientes modificaciones este capítulo será sobre “personas trabajadoras del hogar”, se prohibirá la contratación de personas menores de 15 años y se establecerá la obligación de fijar un contrato escrito, prestaciones establecidas en la ley como vacaciones, prima vacacional, pago de días de descanso, acceso a la seguridad social y aguinaldo.

Un tema de controversia fue el sueldo. El Senado estableció otorgar dos salarios mínimos, pero en la Cámara de Diputados se consideró que es un sueldo insuficiente y que además es una discusión que está pendiente en la Ley de Salarios Mínimos, por lo que no avalaron este apartado, por tanto, el tema volverá a ser discutido por el Legislativo.

19/AGM/HZM

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