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Perseguir de oficio violencia familiar, piden en Tamaulipas

Que el delito de violencia familiar se persiga de oficio, propuso el diputado local Servando López Moreno, al promover una iniciativa de reforma al Artículo 368 bis y el primer párrafo del 368 del Código Penal para el estado de Tamaulipas.

De ser aprobada esta iniciativa, recibida por la diputación permanente en la sesión de ayer, la sociedad tamaulipeca estará en la posibilidad de que cualquier vecino o ciudadano, que se de cuenta que se está consumando el delito de violencia familiar,lo pueda denunciar.

De acuerdo a información difundida por la Agencia de Noticias Red Tamaulipas, el legislador priista propuso que se reforme, de tal manera que el Ministerio Público deberá de advertir al probable responsable para que se abstenga de cualquier conducta que pudiera resultar ofensiva para la víctima, en lugar de tan sólo limitarse a una exhortación.

LAS MADRES CUSTODIAN

Previamente, la diputación permanente dio entrada a otra iniciativa del mismo legislador, para que la custodia de las y los hijos menores recaiga en la madre, como un derecho natural e inalienable y como una medida precautoria, en tanto que el órgano jurisdiccional emita una resolución al respecto y, por ende, que se establezca como delito cuando el padre sustraiga del seno materno a las y los menores hijos.

Con la finalidad de darles una mayor protección a estos menores de edad, en caso de separación de la pareja, el diputado Servando López Moreno presentó una iniciativa de decreto para reformar y adicionar el Artículo 300 del Código Penal para el estado.

Precisa en su iniciativa que en los derechos de «los menores hijos», debe prevalecer el interés público sobre el interés particular y egoísta, en muchos de los casos, del padre.

Señala que, independientemente de la relación conyugal, no debe predominar arbitrariamente la voluntad del padre, que muchas de las veces, con el ánimo de dañar a la esposa, la priva de la custodia de facto de las y los hijos.

En ese sentido, dijo, el Poder legislativo debe poner un freno para que el estado evite que los padres abusen del ejercicio de la patria potestad.

«Habida cuenta, de que, como aún no se le ha restringido la custodia de los menores hijos por resolución judicial, abusa del derecho», en el plazo durante el cual la ley aún no entra en vigor (vacacio legis), «en tanto el órgano jurisdiccional emite su fallo».

07/RRQ/GG/CV

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